Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 21/11/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 7 de noviembre de 2019, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir dos plazas de Personal de Administración y Servicios Laboral de la categoría de Titulado Superior de Deportes de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades, y según lo dispuesto en el artículo 27.2 del Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, aprobado por Consejo Gobierno de la Universidad de Cádiz de fecha 18 de diciembre de 2017 y, existiendo plaza vacante y dotada presupuestariamente en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para cubrir dos plazas de personal laboral de administración y servicios de la categoría de Titulado Superior de Deportes de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna, con sujeción a las bases que se acompañan.

Cádiz, 7 de noviembre de 2019.- El Rector, por delegación de firma (Resolución UCA/R84REC/2019, de 29 de julio), la Gerente, Mariví Martínez Sancho.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de promoción interna y mediante transformación de otros puestos ya existentes, dos plazas de personal laboral de administración y servicios de la categoría de Titulado Superior de Deportes.

1.2 El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía de 23 de febrero de 2004, el Reglamento de selección, contratación y nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 18 de diciembre de 2017, la Resolución de 19 de enero de 2017, por la que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo del personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de febrero de 2019, por el que se aprueba la modificación de la RPT vigente y las bases de esta convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones especificadas en el Anexo I de esta convocatoria.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 Las personas que promocionen mediante la transformación de su puesto a la categoría de grupo inmediatamente superior asumirán las funciones de ésta, además de las funciones propias de la categoría desde la que promocionan, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.4 del Estatuto de los Trabajadores, así como las funciones, en su caso, que viniera realizando dicha categoría en virtud de lo previsto en la disposición adicional séptima del vigente Convenio Colectivo.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener la Licenciatura universitaria, Grado universitario, Ingeniería, Arquitectura o título equivalente reconocido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.3. Ser personal laboral fijo de la Universidad de Cádiz, con independencia de la categoría profesional que se ostente.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar la solicitud mediante el procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, disponible en el apartado «Personal Administración» del Catálogo de Trámites de la Sede Electrónica de la UCA (https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/). La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital del interesado. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud por el interesado, por lo que este no podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.

3.2. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Copia del DNI, Pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea en vigor.

b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria.

c) Copia de los cursos de formación realizados en organismo oficial de formación distinto a la Universidad de Cádiz que deberán ser justificados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes. No se valorarán aquellos cursos de formación no alegados y que no consten en el correspondiente expediente del área de Personal.

3.3. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de la Universidad de Cádiz, indicando «PS-PI/TSD». Las personas con una discapacidad igual o superior al 33%, quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.4. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

3.5. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en la solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición. Para ello deberán adjuntar el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo.

3.6 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión, así como lugar, fecha y hora del primer ejercicio.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Cádiz, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tales categorías en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.

5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos correspondientes.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, núm. 10, 11001 Cádiz, teléfono 956 015 039 y en la siguiente dirección de correo electrónico: seleccion.pas@uca.es.

5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz  sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

6. Temario.

El temario correspondiente a los puestos convocados figura como Anexo II de la presente convocatoria.

7. Fase de concurso.

7.1. El Tribunal calificador valorará, de acuerdo con los baremos de la convocatoria, que se adjuntan como Anexo I, los siguientes méritos de los candidatos, con las puntuaciones establecidas en el mismo:

a) Experiencia.

b) Antigüedad.

c) Cursos de formación directamente relacionados con la plaza convocada.

d) Prestación de servicios en el área y dentro del mismo Campus que la plaza solicitada.

8. Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, teórico y práctico, basados en el contenido del temario, con una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.

8.2. Para aprobar la fase de oposición será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la misma, y no ser calificado con cero puntos en ninguno de los ejercicios realizados.

8.3. El primer ejercicio no se celebrará antes del 15 de enero de 2020. La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/).

8.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

8.5. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9. Calificaciones y lista de aprobados.

9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación provisional de aprobados. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de candidatos que han superado el mismo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.

9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada ley.

ANEXO I

BAREMO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DEL PERSONAL LABORAL CREADAS POR TRANSFORMACIÓN DE OTRAS DE CATEGORíA INFERIOR, MEDIANTE EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA

El sistema de provisión será el de concurso-oposición.

A) Fase de concurso.

1.º Experiencia dentro de la especialidad de la plaza convocada en la UCA:

1,6 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 8 puntos.

2.º Antigüedad en cualquier Administración Pública:

0,4 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 3 puntos.

3.º Por la realización de cursos de formación directamente relacionados con la plaza convocada, organizados por la Universidad de Cádiz (1):

0,5 puntos por cada curso realizado, hasta un máximo de 2 puntos.

4.º Por prestar servicios en el área y dentro del mismo Campus que la plaza solicitada: máximo 3 puntos.

B) Fase de oposición.

1.º Ejercicio teórico: Consistirá en contestar un cuestionario, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de esta convocatoria. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección: Aciertos – [Errores/ (número de alternativas – 1)].

La puntuación máxima a alcanzar será de 10 puntos.

2.º Ejercicio práctico: Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos relacionados con las funciones de la categoría y temario de las bases.

La puntuación máxima a alcanzar en este ejercicio será de 10 puntos.

Para aprobar será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la fase de oposición, y no ser calificado con cero puntos en ninguno de los dos ejercicios realizados.

(1) Los cursos alegados en el apartado tercero de la fase de concurso y que hayan sido realizados con anterioridad a la aprobación del Plan de Formación del PAS deberán ser justificados documentalmente, acompañando a la solicitud copia del certificado de asistencia y/o aprovechamiento.

ANEXO II

P R O G R A M A

Bloque general

1. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz: naturaleza, funciones, principios y fines; estructura; órganos de gobierno, participación social y representación; el personal de administración y servicios.

2. Administración para la calidad. Modelos de gestión: el modelo EFQM. Los sistemas de certificación y acreditación.

3. El factor humano en la organización. El grupo en la organización. El trabajo en equipo. La comunicación interna en las organizaciones. Resolución de problemas.

4. Acceso a la información pública y transparencia: el Reglamento de Transparencia de la Universidad de Cádiz. Reclamaciones, quejas y peticiones.

5. El segundo Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz: misión, visión y valores; diagnóstico; ámbito y objetivos estratégicos. Código Ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver).

6. Normativa de ejecución presupuestaria de la Universidad de Cádiz.

Bloque específico

1. El marco jurídico del deporte en España. Ley del deporte. Estructura y organización del deporte en el ámbito estatal.

2. Federaciones deportivas españolas. Estructura, competencias, funciones, régimen electoral y código de buen gobierno. Modalidades, especialidades y pruebas deportivas.

3. Organismos públicos y organizaciones nacionales. Consejo Superior de Deportes. Competencias y funciones.

4. Asociaciones deportivas internacionales. Competencias, funciones y reconocimiento.

5. Deporte en Andalucía. Consejería competente en materia de deporte: órganos directivos y órganos adscritos.

6. Instituto Andaluz del Deporte. Formación deportiva. Titulaciones náuticas. Investigación, desarrollo e innovación en la actividad física y el deporte.

7. Organizaciones Deportivas Públicas y Privadas, sus características.

8. Modelos de Deporte Universitario en el mundo.

9. El Deporte Universitario en España. Historia y actualidad. CSD y CEDU (Comité Español del Deporte Universitario).

10. El Deporte Universitario en Andalucía. Historia y actualidad. El GADU (Grupo Andaluz del Deporte Universitario).

11. Los Campeonatos de Andalucía Universitarios (CAU) Organización.

12. Los Campeonatos de España Universitarios (CEU) Organización.

13. La Gestión de los Servicios Deportivos en las Universidades.

14. La Financiación del Deporte Universitario en España.

15. Deporte y Comunicación. Marketing y Patrocinio de Organizaciones y Servicios Deportivos.

16. Deporte y Educación. Formación en valores.

17. Las Tareas de dirección y liderazgo. Dirección de Personas. Nuevos Perfiles Directivos.

18. Deporte y Actividad física de ocio y recreación. Los deportes en la Naturaleza y su impacto ambiental.

19. Actividad física, deporte y Género.

20. Actividad física, deporte y Salud.

21. Actividad física, deporte y Mayores.

22. Deporte y responsabilidad social.

23. Instalaciones Deportivas. Planificación, Diseño y Gestión.

24. Conceptos y tipos de instalaciones, equipamientos y pavimentos deportivos y su conservación y mantenimiento.

25. El camino hacia la excelencia en la calidad en la Universidad de Cádiz y en su Área de Deportes.

26. Misión, Visión y Valores del Área de Deportes de la Universidad de Cádiz.

27. El Deporte y la Actividad física como complemento de la formación integral de la persona. Su aplicación en la Universidad de Cádiz. El Programa «UCAsport».

28. Programa «En la UCA, Juega Limpio».

29. El Reglamento del Área de Deportes de la Universidad de Cádiz.

30. La Carta de Servicios del Área de Deportes de la Universidad de Cádiz.

31. Los ejes estratégicos del Área de Deportes de la Universidad de Cádiz.

32. El Plan Director ADE 2016-2019.

33. La Tarjeta Deportiva UCA. Tipos, usuarios y prestaciones.

34. Deporte de Competición. La competición en la UCA. Organización.

35. Actividades y Escuelas deportivas en la UCA: programación, control y seguimiento.

36. Modelos de alianzas y convenios deportivos UCA a través del Área de Deportes.

37. Normativa de créditos por práctica deportiva en la UCA (ECTS).

38. Instalaciones Deportivas UCA. Tipos y normativas propias.

39. Ayudas Deportivas ADE. Tipos y normativas.

40. La Memoria Anual del ADE.

ANEXO III

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

Presidente:

Don Antonio Yébenes Montoro, funcionario de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

Doña M.ª del Carmen Padilla Moledo, funcionaria docente del cuerpo de Profesor Titular de Universidad, de la Universidad de Cádiz.

Don Miguel Duarte Barrionuevo, funcionario de la escala Facultativo de Archivo, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz.

Don Pedro Montiel Gámez, personal laboral fijo de la categoría de Titulado Superior de Deportes de la Universidad de Málaga.

Don Álvaro Trujillo González, personal laboral fijo de la categoría de Titulado Superior de Deportes de la Universidad de Jaén.

Secretaria:

Doña Mercedes Sánchez Benito, funcionaria de la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz.

SUPLENTES

Presidente:

Don Armando Moreno Castro, funcionario de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

Doña Ana Carbonel Baeza, funcionaria docente del Cuerpo de Profesor Titular de Universidad, de la Universidad de Cádiz.

Don Jesús Roca Hernández, funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de la Actividad Física y del Deporte de la Junta de Andalucía. Jefe de Departamento de Investigación y Estudio del Instituto Andaluz del Deporte de la Junta de Andalucía.

Don Miguel Ángel Rosety Rodríguez, funcionario docente del Cuerpo de Profesor Titular de Universidad, de la Universidad de Cádiz.

Don Jordi Joan Mercadé Torrás, personal laboral fijo de la escala de Titulado Superior de Deportes de la Universidad de Granada.

Secretaria:

Doña Carmen Diéguez Olmo, funcionaria de la escala Administrativa de la Universidad de Cádiz.

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