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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no habiendo resultado posible la notificación a Hergueta Crespo, Mariano, con DNI ****9703*, y Fernández Reyes, Teresa, con DNI ****4042* se procede a la publicación del extracto de la resolución dictada el pasado día 23 de octubre por la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Sevilla, de la Junta de Andalucía, por la que se declara la descalificación de la vivienda correspondiente al expediente 41-DS-0107/19.
La efectividad de dicha resolución queda condicionada a la devolución de las ayudas recibidas, que se detallan en el texto. Sin embargo, transcurridos tres meses desde la notificación sin que se haya acreditado el reintegro, se producirá la caducidad del procedimiento y el archivo de las actuaciones conforme al artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo y previa acreditación de su identidad, podrán comparecer en las dependencias del Servicio de Vivienda, Sección Vivienda Protegida, de la citada Delegación Territorial, Plaza de San Andrés, núm. 2, Sevilla, para la notificación del texto íntegro.
Contra la mencionada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de dicha ley.
Sevilla, 12 de noviembre de 2019.- La Delegada, Susana Rocío Cayuelas Porras.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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