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Con fecha 27 de octubre de 2019, la persona titular de la Consejería de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, acordó el inicio de tramitación de una orden por la que se establece un canon de mejora local a solicitud del Ayuntamiento de Cádiz.
El artículo 43.5 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando un anteproyecto de ley afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, la Consejería proponente podrá acordar la realización de un trámite de audiencia, en los términos previstos en el artículo 45.1.c) de la misma ley. Este apartado indica que, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, esta será sometida a información pública durante un plazo razonable no inferior a quince días.
El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 43.5 y 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
RESUELVO
Primero. Someter el proyecto de orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por la que se establece un canon de mejora local a solicitud del Ayuntamiento de Cádiz a los trámites de audiencia e información pública, durante el plazo de quince días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Poner a disposición de las personas interesadas el texto del proyecto de orden en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, dentro del apartado Publicidad Activa, al que se puede acceder a través del enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/184636.html.
Tercero. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta esta resolución, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de noviembre de 2019.- El Secretario General, Francisco José Gutiérrez Rodríguez.
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