Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00164664.
NIG: 2904242C20160000947.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 530/2018. Negociado: 4.
Sobre: Divorcio.
De: Sanaa Anjaimi.
Procuradora: Sra. Gloria Jiménez Ruiz.
Letrado: Sra. Desiree Chacón Ríos.
Contra: Mounir Zorqany.
E D I C T O
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
«En Coín, a tres de julio de dos mil diecinueve.
En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Coín se han visto por mí, doña Paloma Martín Mesa, Magistrada-Juez titular de dicho Juzgado, los autos de Divorcio Contencioso número 530/2018, seguidos a instancia de doña Sanna Anjaimi, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Gloria Jiménez Ruiz y asistida por la letrada doña Desiree Chacón Ríos, contra don Mounir Zorqani, en situación de rebeldía procesal.»
«Que estimando la demanda presentada por doña Sanna Anjaimi, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Gloria Jiménez Ruiz, contra don Mounir Zorqani, en situación de rebeldía procesal, declaro la disolución por divorcio del matrimonio celebrado entre los litigantes en fecha 19.8.2003, así como la disolución del régimen económico matrimonial.
En relación a las medidas que habrán de regir en relación al hijo menor común A. Z. nacido en fecha 15.9.2008, se establecen las ya acordadas en sentencia 73/2017, de 26.6.2017, dictada por este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Coín en los autos de guarda y custodia 292/2016.»
Y como consecuencia del ignorado paradero de Mounir Zorqany, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Coín, a veinticinco de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Descargar PDF