Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 29/11/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 22 de noviembre de 2019, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca proceso de selección para la contratación de la Dirección Artística del Ballet Flamenco de Andalucía.

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Doña Almudena Bocanegra Jiménez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en virtud del Decreto 316/2019, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entidad adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, que se constituyó mediante Ley 3/1991, de 28 de diciembre, y Decreto 46/1993, y fue transformada en Agencia Pública Empresarial mediante el artículo 20.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, aprobándose sus Estatutos mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril; en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16 de los mecionados Estatutos,

RESUELVE

Primero. Convocar proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso, la Dirección artística del Ballet Flamenco de Andalucía mediante contrato temporal sujeto al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial de artista en espectáculos públicos.

Segundo. Las bases que regirán la convocatoria son las contenidas en el Anexo I de la presente resolución.

Tercero. El modelo de solicitud se incluye en el Anexo II.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, ante la Dirección de la Agencia, con carácter previo a la jurisdicción social.

Sevilla, 22 de noviembre de 2019.- La Gerente, Almudena Bocanegra Jiménez.

ANEXO I

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA DIRECCIÓN ARTÍSTICA DEL BALLET FLAMENCO DE ANDALUCÍA

Primera. Antecedentes y objeto.

1.1. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, es una agencia pública empresarial adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión. Son fines generales de la Agencia (artículo 4 de la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero) la investigación, gestión, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía y las artes audiovisuales.

Conforme lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales se constituye con el objetivo de optimizar, en términos de eficacia y economía, la gestión de los recursos públicos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la cultura, así como aquellos recursos obtenidos en el ejercicio de su actividad como consecuencia de la prestación de bienes y servicios que se entreguen o realicen, contribuyendo al acceso a los bienes culturales en condiciones de igualdad, y la participación equitativa de las personas, mujeres y hombres, en las actividades culturales.

Entre sus funciones concretas, el artículo 6.2.a) de los Estatutos recoge la de producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas y la música. Para auspiciar el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales, realiza a través del Ballet Flamenco de Andalucía producciones coreográficas basadas en las distintas expresiones y manifestaciones del flamenco. El objetivo principal del Ballet Flamenco de Andalucía es contribuir al desarrollo de la interpretación, creación, producción y difusión de la danza andaluza con especial incidencia en los lenguajes flamencos, como establece el estatuto de autonomía de Andalucía y las recomendaciones de la UNESCO, incidiendo en la recuperación y difusión del patrimonio cultural de Andalucía, que tiene como elemento más singular el flamenco.

1.2. Las presentes bases tienen por objeto hacer pública la convocatoria del proceso de selección para la dirección artística del Ballet Flamenco de Andalucía por tres anualidades, pudiendo prorrogarse por una anualidad adicional, en tanto se cuente con autorización preceptiva.

1.3. La contratación objeto del presente proceso, incluyendo retribución y duración, queda sometida a la autorización previa de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.

1.4. El presente sistema de selección garantiza el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia en el proceso de selección.

Segunda. Destinatarios/as de la convocatoria.

2.1. La presente convocatoria se dirige a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos del perfil indicado en la base cuarta, presenten la solicitud y documentación que se indica.

2.2. La convocatoria será expuesta en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. En la web de la Agencia se publicarán las comunicaciones necesarias y, en todo caso, el listado de personal seleccionado.

Tercera. Características de la plaza, funciones e incompatibilidades.

3.1. La Dirección Artística del Ballet Flamenco de Andalucía ejercerá las siguientes funciones:

- Coordinación de todos los aspectos relativos a la representación escénica y ejecución de las coreografías que componen el repertorio del Ballet Flamenco de Andalucía, incluyendo la recuperación y mantenimiento de aquellas coreografías realizadas a lo largo de la trayectoria del Ballet Flamenco de Andalucía. La nueva dirección artística deberá reponer la producción «Naturalmente Flamenco» y asumir los compromisos de distribución.

- Realización de una coreografía para su estreno en el programa Lorca y Granada en los Jardines del Generalife, para el periodo de julio y agosto de 2020, y aquellas coreografías y/o adaptaciones que se le encomienden.

- Ejecución de su proyecto artístico en el marco de las indicaciones de la dirección y gerencia de la Agencia Andaluza de instituciones culturales, en dependencia directa de la dirección del Instituto Andaluz de Flamenco.

- Dirección del equipo artístico y profesional del Ballet Flamenco de Andalucía, en dependencia directa de la dirección del Instituto Andaluz de Flamenco.

- Participación en casting, fase de ensayos y estreno, debiendo mantener el elenco de baile que determine el Instituto Andaluz de Flamenco.

- Participación en la fase de distribución y gira de los espectáculos, incluyendo, en su caso, la participación directa en el cuerpo de baile o su posible intervención como solista.

- Proposición a la dirección de los sistemas operativos pertinentes para el correcto funcionamiento del Ballet Flamenco de Andalucía.

- Diseño y ejecución de los proyectos culturales vinculados a efemérides de artistas andaluces, aniversarios y homenajes que se consideren oportunos desde la dirección del Instituto Andaluz de Flamenco.

- Diseño y ejecución de un programa para coreógrafos invitados que contribuya a ampliar y mejorar las capacidades artísticas del Ballet Flamenco de Andalucía, así como un programa didáctico dirigido a los miembros del Ballet y para la generación de nuevos públicos.

- Todas las funciones que le asigne la dirección y gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, a través de la dirección del Instituto Andaluz de Flamenco.

3.2. La persona seleccionada asumirá la dirección artística del Ballet Flamenco de Andalucía suscribiendo el correspondiente contrato laboral, régimen especial de artista en espectáculos públicos, de conformidad con el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público; y normativa de restante que le resulte de aplicación, previa autorización de las Consejerías de la Junta de Andalucía competentes en materia de Hacienda y Administración Pública. Se pactará un periodo de prueba de 60 días.

3.3. El adjudicatario se obliga a autorizar, en exclusiva y de forma excluyente, con ámbito universal y por el plazo de cinco años a contar desde el estreno de la obra, la representación pública de la obra, con la cesión de los derechos de fijación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la/s coreografía/s, sin perjuicio del abono de la cantidad que corresponda por el acto de comunicación pública al autor a través de SGAE o la entidad de gestión que corresponda, de conformidad con las tarifas generales.

3.4. El contrato tendrá una retribución acorde con el régimen retributivo de la Agencia y dentro del marco de la normativa presupuestaria andaluza. Para 2019 se ha establecido en 57.585,76 € brutos anuales en concepto de retribución fija, incluyendo su participación directa, en su caso, en el elenco artístico del Ballet. Se le aplicarán los incrementos futuros que correspondan legalmente. La retribución queda sometida a la autorización de las Consejerías competentes en materia de Hacienda y Administración Pública.

3.5. El contrato tendrá una duración de 3 años, pudiendo prorrogarse una anualidad adicional, previa autorización de las Consejerías competentes en materia de Hacienda y Administración Pública.

3.6. El desempeño del puesto está sometido a las restricciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo.

3.7. El centro de trabajo está en Sevilla, C/ Calatrava, núm. 3, 41003, sede del Ballet Flamenco de Andalucía.

Cuarta. Requisitos de las candidaturas y méritos.

Las personas solicitantes deberán acreditar los siguientes requisitos mínimos obligatorios:

4.1. Ser de nacionalidad española, o ser nacional de otro estado comprendido en los supuestos establecidos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

4.2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado, o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

4.3. Experiencia contrastada de, al menos, cinco años en tareas de dirección artística y dirección de coreografías en proyectos de especial relevancia en el sector profesional del flamenco. El Comité de Selección valorará de forma específica la relevancia de los perfiles de las candidaturas.

4.4. Capacidad para trabajar estrechamente con los equipos de gestión, administración, producción y personal artístico de la Agencia.

4.5. Presentación de un Proyecto de Dirección artística y de gestión para el Ballet Flamenco de Andalucía que incluya el plan de trabajo y las líneas generales a desarrollar en la producción, distribución, formación y puesta en valor del patrimonio y repertorio coreográfico de la Comunidad Andaluza. El proyecto no podrá superar las 6.000 palabras. El elenco estará compuesto por los siguientes miembros: número máximo de componentes del cuerpo de baile: nueve; número máximo de músicos: cinco; y un/a maestro/a repetidor/a.

4.6. Presentación de un Proyecto coreográfico para el Programa Lorca y Granada, con un presupesto estimado de 150.000 euros que será producido y distribuido posteriormente por el Ballet Flamenco de Andalucía, con los siguientes requisitos:

- Proyecto coreográfico basado en la obra de Federico García Lorca.

- Original, inédito y de riguroso estreno para el Ballet Flamenco de Andalucía.

- Duración máxima de 90 minutos.

- Se presentará en formato papel con una extensión máxima de 25 folios.

Quinta. Solicitud y documentación.

5.1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán presentar solicitud de participación según modelo que se adjunta como Anexo II, así como toda la documentación mínima obligatoria fotocopiada indicada a continuación:

- Presentar un currículum vitae pormenorizado, donde se acredite su trayectoria y experiencia artística y/o de gestión en instituciones compañías de danza de titularidad pública o privada, en España o en el resto del mundo. Deberá adjuntar al currículum los documentos necesarios para acreditar su experiencia profesional.

- Fotocopia DNI (en caso de extranjeros/as, fotocopia del pasaporte y permiso de trabajo y residencia).

- Proyecto de dirección artística y de gestión del Ballet Flamenco de Andalucía.

- Proyecto coreográfico para el programa «Lorca y Granada».

5.2. Adicionalmente se aportará toda la documentación justificativa de los méritos que se aleguen.

5.3. La Agencia podrá requerir en cualquier momento los documentos originales así como la documentación aclaratoria que entienda necesaria.

5.4. La documentación que no esté redactada en español deberá adjuntar la correspondiente traducción oficial.

5.5. Únicamente se admitirán las solicitudes que contengan el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como la totalidad de la documentación obligatoria. La no presentación de la documentación o presentación fuera del plazo implica la exclusión del proceso de selección.

Sexta. Plazo y lugar de presentación.

6.1. Las solicitudes (Anexo II) y documentación adjunta deben presentarse en el plazo de los 20 días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En caso de que el último día de presentación de solicitudes sea inhábil, el plazo se entenderá prorrogado hasta el día siguiente hábil.

6.2. Serán dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se presentarán en la sede del Ballet Flamenco de Andalucía sita en calle Calatrava, núm. 3, 41003, Sevilla, o mediante el envío de la misma, junto con una copia de la documentación adjunta, al correo electrónico balletflamencodeandalucia@juntadeandalucia.es dentro de los plazos establecidos.

6.3. Para aquellas candidaturas remitidas mediante correo certificado a la dirección anterior mediante cualquiera de las vías establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá remitirse un correo electrónico a la anterior dirección dentro del mismo plazo de 20 días, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en plazo en las oficina de correos.

6.4. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida por otras vías distintas a las expuestas en este punto.

Séptima. Proceso de selección.

7.1. Se constituirá un Comité de Selección designado por la Dirección de la Agencia integrado por: Presidencia, cuatro vocales, dos de ellos expertos/as independientes en la materia designados por la Dirección de la Agencia, y un/a Secretario/a. Podrán nombrarse asesores/as con voz y sin voto.

Los miembros del Comité podrán delegar sus funciones. No podrán estar incursos en causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.2. Las candidaturas que reúnan los requisitos mínimos relacionados en la base cuarta participarán en las dos fases siguientes del proceso de selección: A) Estudio del historial profesional, y B) Valoración del Proyecto de dirección artística y de gestión y Proyecto coregráfico, y entrevista.

7.3. En la Fase de estudio del historial profesional se realizará un análisis de las candidaturas, que incluirá la experiencia y méritos. Tras ello se publicará en la web de la Agencia un listado provisional de candidaturas admitidas por cumplir los requisitos mínimos de la base cuarta, y de candidaturas excluidas, señalándose la causa de exclusión (listado provisional núm. 1). Junto con las candidaturas admitidas se publicarán las puntuaciones totales obtenidas en esta fase. Los interesados podrán formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de 5 días naturales. Una vez analizadas las alegaciones, se publicará listado definitivo de candidaturas admitidas y puntuaciones de esta fase (listado definitivo núm. 1), que servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.

7.4. En la segunda fase se realizará una valoración del proyecto de dirección artístico y de gestión, y del proyecto coreográfico. En función del número de candidaturas admitidas y las puntuaciones obtenidas tras la valoración de los proyectos, el Comité de Selección podrá acordar limitar las entrevistas a un máximo de 5 candidatos/as. Para ello se citará con una antelación mínima de tres días mediante correo electrónico. Una vez concluida la segunda fase, se publicará un listado provisional (listado provisional núm. 2) con las puntuaciones totales de cada candidatura. Los interesados podrán formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de cinco días naturales. Una vez analizadas las alegaciones recibidas, se publicará el listado definitivo (listado definitivo núm. 2) con las candidaturas preseleccionadas.

El Comité de Selección realizará una propuesta motivada, incluyendo las tres primeras candidaturas finalistas, a la Dirección y Gerencia de la Agencia para, en su caso, nombramiento y designación.

7.5. El proceso se resolverá mediante resolución de la Gerencia de la Agencia.

7.6. Las comunicaciones y citaciones a los interesados/as para la asistencia a entrevistas se realizarán a través de correo electrónico y publicación en la página web de la Agencia.

7.7. La convocatoria puede ser declarada desierta si ninguna de las solicitudes reuniera los requisitos exigidos o no se ajustara al puesto según criterios de idoneidad.

Octava. Baremos de referencia. Puntuación máxima: 10 puntos.

No se valoran los requisitos mínimos exigidos para el puesto a excepción de la experiencia.

Criterio de valoración Puntuación máxima
Primera fase: experiencia en tareas de dirección artística y dirección de coreografía en proyectos de relevancia en el sector profesional del flamenco (0,02 puntos mes) 3
Segunda fase.1: Proyecto de dirección artística y de gestión, y proyecto coregráfico 5
Segunda fase.2: Entrevista 2

Novena. Normas generales.

9.1 La participación en la presente selección implica la íntegra aceptación de las presentes bases.

9.2. Los listados y la resolución del proceso de selección será publicada en la página web de la Agencia e incluirán los datos personales Nombre y apellidos. Los datos facilitados por los candidatos facultan a la Agencia a utilizar los mismos para los fines propios del proceso de Selección, entre los que se encuentra la realización de llamadas telefónicas y/o envío de correo electrónico.

9.3. En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, los datos facilitados por cada aspirante serán incorporados al Registro de Tratamiento de Datos de Carácter Personal denominado «Recursos humanos» de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, cuya finalidad es gestionar su participación en el presente proceso de selección. La negativa a facilitar sus datos personales determinará la imposibilidad de participar en el mismo.

9.4. Si el aspirante lo desea, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, oposición, obtención de confirmación de uso, a la portabilidad de los datos y a formular una reclamación enviando un escrito a Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, Edificio Estadio Olímpico, puerta M, Isla de la Cartuja, s/n, 41092, de Sevilla, con la referencia «Protección de Datos», o bien a través del formulario https://www.juntadeandalucia.es/cultura/aaiicc/rgpd/recursos-humanos, adjuntando fotocopia del documento de identidad y mencionando la denominación del registro del tratamiento Recursos humanos.

9.5. Para más información sobre esta convocatoria, los interesados podrán dirigirse a los teléfonos 955 037 360 y 955 037 363, o remitir sus consultas a la dirección de correo electrónico: balletflamencodeandalucia@juntadeandalucia.es.

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

Apellidos y nombre:
DNI:
Edad:
Dirección:
Ciudad y Código Postal:
Teléfono fijo:
Teléfono móvil:
Correo electrónico:

SOLICITA ser admitido/a en el proceso de selección de Dirección artística del Ballet Flamenco de Andalucía del Ballet Flamenco de Andalucía según la presente convocatoria y declara:

- Conocer y aceptar íntegramente las bases de la convocatoria, declarando asimismo bajo su responsabilidad que los datos incluidos en la solicitud y documentación son ciertos, teniendo constancia de que la inexactitud de los datos dará lugar a la no admisión o expulsión del proceso selectivo, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pueda incurrir.

- Comprometerse a presentar la documentación original en caso de ser requerido y en todo caso en el supuesto de ser seleccionado.

- Conocer y aceptar que únicamente se admitirán las solicitudes que contengan el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como la documentación obligatoria. Los datos deberán ser anotados con letra clara y legible, preferentemente en mayúscula.

- No padecer enfermedad y/o limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el puesto.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

- No estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y normativa de desarrollo.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
Finalidad Selección de personal
Legitimación Consentimiento que se solicita al interesado
Derechos Acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, oposición, obtención de confirmación de uso, a la portabilidad de los datos y a formular una reclamación.
Información adicional https://www.juntadeandalucia.es/cultura/aaiicc/rgpd/recursos-humanos

La presentación de la candidatura al presente proceso conlleva el conocimiento y aceptación de la resolución y bases de la presente convocatoria.

Fecha………/………/………..

Fdo. ……………………………

(Leídas las anteriores declaraciones e instrucciones, firma la persona solicitante en prueba de conformidad)

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