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Con fecha 4 de febrero de 2019, se publica la Resolución de 18 de enero de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria, para el año 2019, de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad (BOJA núm. 23, de 4 de febrero de 2019), con un presupuesto total de 51.975.000 euros.
De conformidad con el apartado 2 del resolutorio segundo, las cuantías establecidas podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de las ayudas.
Sobre esta base, y con el objeto de adaptar las disponibilidades presupuestarias de las subvenciones a las necesidades existentes, habida cuenta que, se han recibido solicitudes de ayudas por un importe superior al inicialmente previsto en la convocatoria, y atendiendo a las circunstancias especificas de las personas con discapacidad destinatarias, la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo mediante Resolución, de fecha 7 de octubre de 2019 (BOJA núm. 198, de 14 de octubre), amplió el crédito de los incentivos destinados a financiar la creación de empleo indefinido y los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, en una cuantía total de 15.815.000 euros.
Para poder continuar y avanzar en la tramitación de las solicitudes presentadas, a efectos de resolver favorablemente la concesión de las subvenciones, se necesita dotar de mayor presupuesto a la convocatoria, que se ha mostrado claramente insuficiente teniendo en cuenta las solicitudes presentadas. Todo ello, además, teniendo en consideración que estas ayudas tienen por objeto compensar económicamente la prestación de los Servicios de Interés Económico General desarrollados por los Centros Especiales de Empleo, y con ello su viabilidad.
Sobre la base de lo anterior, habiendo disponibilidades presupuestarias suficientes, resulta necesario incrementar nuevamente el crédito de la convocatoria de 2019, establecido en el resuelvo segundo de la Resolución de 18 de enero de 2019, en la cuantía de quinientos cuarenta y seis mil trescientos cincuenta euros (546.350,00 €) para la línea de incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, y en la cuantía de dos millones seiscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta euros (2.638.650,00 €), para la línea de incentivos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, lo cual supone un incremento total de tres millones ciento ochenta y cinco mil euros (3.185.000,00€).
La disposición adicional primera de la Orden de 7 de febrero de 2017, dispone que la persona titular de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo podrá efectuar la convocatoria de los incentivos regulados en la citada orden mediante resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y previamente informada por la Dirección General de Presupuestos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe de las actuaciones con incidencia económico-financiera.
En el ejercicio de esta facultad se entiende incluida aumentar los créditos de las convocatorias ya iniciadas cuando, al objeto de cumplir de la mejor forma posible con la finalidad de la ayuda atendiendo a la empleabilidad del colectivo destinatario, las circunstancias o las necesidades de las mismas, así lo requieran.
Por su parte, el artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, establece que toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto.
En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Directora General de Políticas Activas de Empleo, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional primera de la Orden de 7 de febrero de 2017
RESUELVO
Primero. Incrementar los créditos establecidos en el Resuelvo segundo de la Resolución de 18 de enero de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria, para el año 2019, de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, en la cuantía de quinientos cuarenta y seis mil trescientos cincuenta euros (546.350,00€) para la línea de incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, y en la cuantía de dos millones seiscientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta euros (2.638.650,00 €), para la línea de incentivos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, distribuidos en las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimativo:
a) Incentivos públicos destinados a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS |
CRÉDITO INICIAL CONVOCATORIA (en euros) |
1.ª AMPLIACIÓN CRÉDITO (en euros) |
2.ª AMPLIACIÓN CRÉDITO (en euros) |
TOTAL (en euros) |
1039180000 G/32L/46004/00 S0574 | 150.000,00 | 87.000,00 | 0,00 | 237.000,00 |
1039180000 G/32L/47004/00 S0574 | 5.500.000,00 | 2.826.000,00 | 546.350,00 | 8.872.350,00 |
1039180000 G/32L/48004/00 S0574 | 975.000,00 | 347.000,00 | 0,00 | 1.322.000,00 |
TOTAL | 6.625.000,00 | 3.260.000,00 | 546.350,00 | 10.431.350,00 |
Distribución estimada por provincias:
Cádiz:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS |
CRÉDITO INICIAL CONVOCATORIA (en euros) |
AMPLIACIÓN CRÉDITO (en euros) |
TOTAL (en euros) |
1039180000 G/32L/46004/11 S0574 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
1039180000 G/32L/47004/11 S0574 | 253.000,00 | 546.350,00 | 799.350,00 |
1039180000 G/32L/48004/11 S0574 | 45.000,00 | 0,00 | 45.000,00 |
TOTAL | 298.000,00 | 546.350,00 | 844.350,00 |
b) Incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS |
CRÉDITO INICIAL CONVOCATORIA (en euros) |
1.ª AMPLIACIÓN CRÉDITO (en euros) |
2.ª AMPLIACIÓN CRÉDITO (en euros) |
TOTAL (en euros) |
1039180000 G/32L/46004/00 S0574 | 1.400.000,00 | 131.000,00 | 0,00 | 1.531.000,00 |
1039180000 G/32L/47004/00 S0574 | 36.500.000,00 | 10.923.000,00 | 2.638.650,00 | 50.061.650,00 |
1039180000 G/32L/48004/00 S0574 | 5.100.000,00 | 1.501.000,00 | 0,00 | 6.601.000,00 |
TOTAL | 43.000.000,00 | 12.555.000,00 | 2.638.650,00 | 58.193.650,00 |
Distribución estimada por provincias:
Sevilla:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS | CRÉDITO INICIAL CONVOCATORIA (en euros) |
AMPLIACIÓN CRÉDITO (en euros) |
TOTAL (en euros) |
1039180000 G/32L/46004/41 S0574 | 750.866,00 | 0,00 | 750.866,00 |
1039180000 G/32L/47004/41 S0574 | 12.284.698,00 | 2.638.650,00 | 14.923.348,00 |
1039180000 G/32L/48004/41 S0574 | 300.319,30 | 0,00 | 300.319,30 |
TOTAL | 13.335.883,30 | 2.638.650,00 | 15.974.533,30 |
Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.
Sevilla, 26 de noviembre de 2019.- El Director-Gerente, P.S. (Resolución de 18.11.2019), la Directora General de Políticas Activas de Empleo, Aurora Lazo Barral.
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