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Expte. MO/00010/2018.
Visto el expediente núm. MO/00010/2018 de deslinde parcial del monte público «Poyo de Santo Domingo», código de la Junta de Andalucía JA-11007-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Quesada, provincia de Jaén, resultan los siguientes
HECHOS
1. El expediente de deslinde parcial del monte público «Poyo de Santo Domingo» está motivado por la ejecución de la sentencia judicial núm. 910, de 31 de marzo de 2014, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en cuyo fallo se anula la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de 25 de mayo de 2008, por la que se aprueba el expediente MO/00022/2005, de deslinde parcial del monte público «Grupo de Montes de Poyo de Santo Domingo», en lo relativo a las fincas de los recurrentes, denominadas «Huerta del Cura» y «Banquillos del Cura».
2. Mediante Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 17 de abril de 2018 se acordó el inicio del deslinde administrativo de dicho monte, y habiéndose establecido que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el artículo 63 Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se notifica dicha circunstancia a los particulares afectados, siendo asimismo publicado el citado extremo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Quesada, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 95, de 18 de mayo de 2018 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 88, de 9 de mayo de 2018.
3. Los trabajos materiales de deslinde en el tramo afectado, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 22 de noviembre de 2018, notificándose dicha circunstancia a los particulares afectados y siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 202, de 19 de octubre de 2018, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 205, de 23 de octubre de 2018 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Quesada. Para ello se tomó como base de trabajo la linde descrita en la documentación existente del monte en los archivos de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Jaén, el Registro de la Propiedad de Cazorla, el Catálogo de Montes y la linde trazada en el deslinde del monte llevado a cabo en el año 1901, el cual estableció como línea de colindancia entre el monte público y la propiedad de los demandantes una alambrada cinegética.
4. Entre los días 22 de noviembre de 2018 y 10 de enero de 2019 se realizaron las operaciones materiales de deslinde, colocándose un total de 9 piquetes que definen el perímetro del monte público en el tramo de colindancia con la propiedad de los particulares afectados.
5. Anunciado el periodo de vista y audiencia del expediente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 108, de 7 de junio de 2019, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 100, de 28 de mayo de 2019, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Quesada y notificado a los interesados, durante el plazo de 30 días no se recibió alegación alguna al respecto, tal y como acredita el certificado de no alegaciones expedido al efecto con fecha 19 de agosto de 2019.
6. Con fecha 18 de septiembre de 2019 se emite informe 23PI000114/19 por los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en la provincia de Jaén, en el que se concluye que «el relato de cada uno de los trámites del procedimiento de deslinde se ajusta a las disposiciones previstas en la normativa de aplicación antes citada».
A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes
NORMAS
Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás legislación aplicable al caso.
A la vista de lo anterior, en uso de las competencias que le vienen dadas en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, y en base a lo dispuesto en la Orden de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, esta Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
RESUELVE
1.º Aprobar el expediente MO/00010/2018, de deslinde parcial del monte público «Poyo de Santo Domingo», código de la Junta de Andalucía JA-11007-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Quesada, provincia de Jaén, de acuerdo con las actas, planos e informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y el registro topográfico que se incorpora en el anexo.
2.º Que una vez sea firme la resolución aprobatoria se proceda a realizar las modificaciones pertinentes en el Catálogo de Montes Públicos de Andalucía, sin perjuicio de posteriores rectificaciones en base a nuevos deslindes, sentencias judiciales o nueva documentación.
3.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.
4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo establecido en el artículo 127.4 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.
5.º Que estando inscrito el monte público en el Registro de la Propiedad de Cazorla, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y conformada de las siguientes fincas registrales:
NOMBRE | MUNICIPIO | FINCA | TOMO | LIBRO | FOLIO | ALTA |
Cerro del Caballo | Quesada | 5988 | 881 | 202 | 157 | 2.ª |
Poyo de Santo Domingo | Quesada | 5987 | 1110 | 249 | 143 | 3.ª |
Sitio Fique | Quesada | 9586 | 996 | 227 | 201 | 2.ª |
Sitio Las Cañuelas | Quesada | 7141 | 996 | 227 | 203 | 8.ª |
Una vez sea firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, se solicite la inscripción en el Registro de la Propiedad de Cazorla del expediente MO/00010/2018, de deslinde parcial del monte público «Poyo de Santo Domingo», con cada uno de los piquetes de deslinde que se detallan en las correspondientes actas y planos que obran en el expediente, los cuales modifican el perímetro exterior y la superficie de la finca registral 5988, denominada «Cerro del Caballo», que pasa a ser de 1.099,0677 ha, y por tanto modifican la superficie total del monte público, quedando como descripción del mismo la que a continuación se cita:
Denominación: «Poyo de Santo Domingo»
Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía
Término municipal: Quesada
Fincas registrales: 5988, 5987, 9586, 7141
Superficies:
Superficie (ha) | Parcela 1 | Parcela 2 | Total |
Sup. total | 1.179,5821 | 6.563,1457 | 7.742,7278 |
Sup. enclavada | 79,7789 | 5,2809 | 85,0598 |
Sup. vías pecuarias | 0,7355 | 48,8599 | 49,5954 |
Sup. pública forestal | 1.099,0677 | 6.509,0049 | 7.608,0726 |
Finca 5988, denominada «Cerro del Caballo»:
Superficie total: 1.179,5821 ha (incluyendo enclavados y vías pecuarias).
Superficie pública forestal (registral): 1.099,0677 ha.
Linderos:
Norte: Terrenos de particulares de los términos municipales de Quesada.
Este: Terrenos de particulares de los términos municipales de Quesada.
Sur: Terrenos de particulares de los términos municipales de Quesada.
Oeste: Monte público JA-10003-JA «Cumbres de Poyatos» del término municipal de Huesa y terrenos de particulares del mismo término municipal.
Enclavados: «Poyo de los Toros», con una superficie de 4,8000 ha, «La Mesa», con una superficie de 67,7818 ha, «Lancha Baja o Era del Pasillo», con una superficie de 4,8486 ha y «Haza Vieja», con una superficie de 2,3485 ha.
Vías pecuarias deslindadas: Se encuentra afectada por la vía pecuaria «Cordel del Chorro», con una superficie de 0,7355 ha.
El registro topográfico del expediente MO/00010/2018 se adjunta como anexo a la presente resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la misma o de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados de igual forma que el punto anterior, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.
Sevilla, 26 de noviembre de 2019.- La Viceconsejera, P.D. (Orden de 28.5.2019), Ana María Corredera Quintana.
ANEXO
REGISTRO TOPOGRÁFICO DEL EXP. MO/00010/2018
COORDENADAS UTM (HUSO 30, ZONA S)
DATUM: EUROPEAN TERRESTRIAL REFERENCE SYSTEM 1989 (ETRS89)
PERÍMETRO EXTERIOR | ||
PIQUETE | COORD. X (m) | COORD. Y (m) |
228 | 497598,438 | 4180786,714 |
228a | 497593,720 | 4180742,506 |
229 | 497613,412 | 4180702,940 |
229a | 497635,410 | 4180688,618 |
230 | 497679,575 | 4180597,917 |
230a | 497740,443 | 4180623,658 |
231 | 497761,685 | 4180595,105 |
232 | 497779,343 | 4180552,735 |
232a | 497703,815 | 4180547,295 |
232b | 497713,496 | 4180512,548 |
233 | 497805,378 | 4180471,518 |