Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 18/12/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 11 de diciembre de 2019, de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2019/2020.

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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 15 de enero de 2014 y, en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2019/2020, realizada mediante Resolución de 5 de agosto de 2019, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 167, de 30 de agosto de 2019), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,

ACUERDA

Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2019/2020 realiza la Resolución de 5 de agosto de 2019, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 167, de 30 de agosto de 2019), de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2019/2020, otorgando las subvenciones a las entidades sin fines de lucro de o pro inmigrantes que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución.

Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las entidades sin ánimo de lucro que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta resolución.

Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de la presente resolución definitiva hasta la finalización del curso académico 2019/2020 y, así mismo, el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2020, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Territorial, acompañada de la documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011.

Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las entidades beneficiarias de estas ayudas y cuyo importe total de veinte mil ochocientos cincuenta y un euros y setenta y ocho céntimos (20.851,78 €) ha sido el otorgado a la provincia de Granada, Línea 8 (BDNS 469824). Mediación Intercultural de ámbito provincial, según Resolución de 5 de agosto de 2019, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se realiza la distribución territorial de los créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2019/2020, siendo imputables a la posición presupuestaria 120002/0000/G/42F/48708/18/01.

Quinto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 11 de diciembre de 2019.- El Delegado, Antonio Jesús Castillo García.

Anexo I

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES BENEFICIARIAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL DURANTE EL CURSO 2019/2020

ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES SOLICITANTE CIF SUBVENCIÓN CONCEDIDA PRESUPUESTO REFORMULADO PORCENTAJE FINANCIACIÓN PAGO
OBRA SOCIAL SAN VICENTE DE PAÚL (HIJAS DE LA CARIDAD) R1800117B 4.500,00 € 4.500,00 € 100,00 % Único
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO G14522171 4.351,78 € 4.351,78 € 100,00 % Único
ASOCIACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO CON EL NORTE DE ÁFRICA. CODENAF G18438457 3.500,00 € 3.500,00 € 100,00 % Único
FEDERACIÓN FAKALI. MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA G91274035 3.000,00 € 3.000,00 € 100,00 % Único
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES. G92623560 3.000,00 € 3.000,00 € 100,00 % Único
ASOCIACIÓN ASPAS G19554872 2.500,00 € 2.500,00 € 100,00 % Único
Total: 20.851’78 €

Anexo II

ENTIDADES EXCLUIDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS

A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL.

CURSO 2019/2020

ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITANTE CAUSA DE LA EXCLUSIÓN FUNDAMENTO JURÍDICO
ASOC. LOS PRIMEROS Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: orden de 15/abril/2011
Artículo 5, párrafo primero: resolución de 5/agosto/2019
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