Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 20/12/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Acuerdo de 17 de diciembre de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Anual de Memoria Democrática para 2020.

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El artículo 10.3.24º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, que los poderes públicos velarán por la salvaguardia, conocimiento y difusión de la historia de la lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades.

La Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, aprobada al amparo de dicho mandato estatutario, tiene por objeto la regulación de las políticas públicas para la recuperación de la Memoria Democrática de Andalucía.

El artículo 43 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, establece que las actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de memoria democrática se articularán mediante el Plan Andaluz de Memoria Democrática y los planes anuales. El Plan Andaluz de Memoria Democrática tiene una duración cuatrienal y contendrá los objetivos y prioridades que deben regir esta política durante su período de vigencia. Además de ello, se prevé la articulación de planes anuales que serán aprobados por el Consejo de Gobierno, y que desarrollarán, para el ejercicio correspondiente, los objetivos, prioridades y recursos contenidos en el Plan Andaluz de Memoria Democrática 2018-2022.

Por tanto, con este acuerdo se pone en marcha la formulación del Plan Anual de Memoria Democrática para 2020, dando cumplimiento a la citada previsión legal.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, previa deliberación en su reunión del día 17 de diciembre de 2019, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Formulación.

Se aprueba la formulación del Plan Anual de Memoria Democrática para 2020, cuya elaboración se realizará conforme a lo determinado en el presente acuerdo.

Segundo. Fines.

El Plan Anual de Memoria Democrática para 2020 persigue alcanzar como fin asentar la política de memoria democrática en los principios de verdad, justicia y reparación, y en los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e igualdad de hombres y mujeres, estableciendo un marco de referencia orientativo para el desarrollo de las políticas públicas de memoria democrática en Andalucía durante 2020.

Tercero. Objetivos.

El Plan Anual de Memoria Democrática para 2020 pretende la consecución de los siguientes objetivos:

a) Cooperación y coordinación de las administraciones públicas, entidades memorialistas y ciudadanía.

b) Reconocimiento institucional y reparación de las víctimas.

c) Conocimiento y difusión científica de los hechos y circunstancias, asegurando la preservación de los documentos y favoreciendo la investigación.

Cuarto. Contenido.

El Plan Anual de Memoria Democrática para 2020 definirá las acciones que durante su período de vigencia se desarrollarán para la consecución de los objetivos estratégicos contemplados en el Plan Andaluz de Memoria Democrática 2018-2022.

Quinto. Coordinación.

La Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Histórico será el órgano directivo responsable de la coordinación de la elaboración del Plan Anual de Memoria Democrática para 2020, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.6 del Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, que atribuye a la misma las competencias recogidas en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, en relación con la memoria democrática, y en particular, las funciones de planificación, dirección, coordinación, control técnico y propuesta de actuación en materia de memoria democrática.

Sexto. Procedimiento de elaboración y aprobación.

1. La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico elaborará una propuesta inicial del Plan Anual de Memoria Democrática para 2020.

2. Dicha propuesta se someterá al trámite de información pública, anunciándose previamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se hará pública a través del Portal de la Junta de Andalucía.

3. Concluido el trámite de información pública, se recabarán los informes preceptivos necesarios.

4. Finalizadas las actuaciones anteriores, la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico formulará una propuesta definitiva del Plan, que elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante acuerdo.

Séptimo. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.

Octavo. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico
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