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N/Ref.: SIEM/AAM/JAB.
Expte.: 279.033.
RAT: 113.877.
Visto el expediente instruido en esta Delegación del Gobierno, a petición de la sociedad Bielstein, S.L.U., con CIF B-87105201, y domicilio social en C/ Andasol, s/n., Urbanización Alvarito Playa, bloque 4, 1-14 29604 Marbella (Málaga), se exponen los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 31 de mayo de 2017, la sociedad mercantil Bielstein, S.L.U. (B-87105201), solicita autorización administrativa previa y declaración de utilidad pública en concreto de la Línea Aérea de 15 (20) kV S/C, de evacuación de la planta solar Alcalá I hasta centro de seccionamiento previo a la SET Valme 15 kV, que discurre por los términos municipales de Alcalá de Guadaira y Dos Hermanas (Sevilla).
Segundo. Con fecha 6 de junio de 2017, la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y de ahorro y de eficiencia energética de Andalucía, emite un informe (expediente TIP/2017/00548) que acredita la compatibilidad urbanística para la instalación referenciada en las condiciones establecidas en la misma.
Tercero. Con fecha 2 de noviembre de 2017, la sociedad mercantil Bielstein, S.L.U., (B-87105201), ante el otorgamiento de punto de acceso a una segunda planta fotovoltáica (denominada Alcalá II) solicita autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración de utilidad pública en concreto de la Línea Aérea de 15 (20) kV D/C, de evacuación de las palantas solares fotovoltáicas Alcalá I y II hasta centro de seccionamiento previo a la SET Valme 15 kV, que discurre por los términos municipales de Alcalá de Guadaira y Dos Hermanas (Sevilla). A tal efecto, aporta proyecto de ejecución, separatas para organismos afectados y relación de bienes y derechos afectados.
En el mismo escrito, la sociedad Bielstein, S.L.U., aporta al expediente informes de compatibilidad urbanística municipal favorables emitidos por los Excmos. Ayuntamientos de Alcalá de Guadaira y Dos Hermanas (Sevilla).
Cuarto. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), se sometió el expediente de autorización administrativa previa y autorización ambiental unificada a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 113, del 13 de junio de 2018 y Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, sin que se produjeran alegaciones durante el periodo de exposición pública.
Así mismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de veinte días de la solicitud y documento técnico, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación en su escrito de fecha 2 de noviembre de 2017, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que estos se pronunciaran al efecto y emitieran el informe de conformidad u oposición así como el condicionado técnico que correspondiera, son estos:
- Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.
- Red Eléctrica de España, S.A.U.
- Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Vías Pecuarias).
- Excma. Diputación Provincial de Sevilla.
- Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira.
- Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas.
Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., efectúa alegación con fecha 11 de julio de 2019 que fue trasladada al promotor. La respuesta del promotor a la citada alegación se presentó el 22 de julio de 2019 y se dio traslado a Endesa con fecha 3 de septiembre de 2019, no recibiéndose respuesta hasta la fecha.
Respecto el resto de alegaciones, se da la circunstancia de que existe conformidad de la beneficiaria con las alegaciones e informes que en los plazos reglamentarios han sido aportados durante el procedimiento de tramitación, y que obran en el expediente de referencia.
Los siguientes organismos, al no recibir respuesta inicial, fueron reiterados en el plazo de diez días:
- Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas.
- Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira.
- Excma. Diputación Provincial de Sevilla.
Habiéndose recibido respuesta del Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas el 9 de octubre de 2019, el cual reitera los argumentos del informe de compatibilidad urbanística municipal de la instalación.
Quinto. Con fecha 7 de agosto de 2019, la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada (Expdte. AAU*/SE/513/17/IG), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales.
A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación del Gobierno en virtud de lo dispuesto en:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas.
- Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 6/2019.
- Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía (dependencia funcional).
- Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (art. 2, dependencia orgánica).
- Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
- Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
- Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucia.
- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Y en la Ley 7/2007, de 9 de julio de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Tercero. Se ha cumplido el trámite reglamentario establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Fomento de las Energías Renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en el que se hace referencia al cumplimiento de los preceptos impuestos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE
Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil Bielstein, S.L.U. (B-87105201), autorización administrativa previa y de construcción para la infraestructura de evacuación de las palantas solares fotovoltáicas Alcalá I y II, en los términos municipales de Alcalá de Guadaira y Dos Hermanas (Sevilla).
Siendo estas sus características principales:
Peticionario: Bielstein, SLU (B-87105201).
Domicilio: C/ Andasol, s/n, Urba. Alvarito Playa, bloque 4, 1-14, Marbella, CP 29604, Málaga.
Denominación de la Instalación: Infraestructura de evacuación de las instalaciones de generación HSF Alcalá de Guadaira I y HSF Alcalá de Guadaira II.
Término municipales afectados: Alcalá de Guadaira y Dos Hermanas (Sevilla).
Emplazamiento del HSF: Polígono 31, parcela 1 y 20.
Finalidad de la Instalación: Evacuación de la energía eléctrica generada mediante mediante tecnología solar fotovoltáica (b.1.1 R.D. 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).
Características principales:
Línea subterránea de Media Tensión.
Origen: HSF Alcalá de Guadaira I y HSF Alcalá de Guadaira II.
Final: Apoyo núm. 1.
Tensión: 15 (20) kV, doble circuito.
Término municipal: Alcalá de Guadaira (Sevilla).
Longitud: 22 metros.
Conductor: (Aluminio) RHZ1-OL 18/30 kV 400 mm².
Línea Aérea de Media Tensión.
Origen: Apoyo núm. 1.
Final: Apoyo núm. 18, SET Valme (Endesa).
Tensión: 15 (20) kV, doble circuito.
Término municipal: Alcalá de Guadaira y Dos Hermanas (Sevilla).
Longitud: 2.261 metros.
Conductor: (Aluminio) LA-180 (147-AL1/34-ST1A).
Centro de seccionamiento.
Ubicación: Parcela 41, polígono 33.
Término municipal: Dos Hermanas.
Tipo: Prefabricado tipo PFU-5.
Núm. de celdas de línea: 2 de Línea, 2 de medida, 2 de protección interruptor automático, 2 de remonte.
Puesta a tierra: Protección en anillo.
Expte.: 279.033.
RAT: 113.877.
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el Real Decreto 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos (2) años contados a partir de la fecha de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.
6. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por el órgano competente en materia medio ambiental.
Tercero. Habiéndose presentado en esta Delegación del Gobierno, proyecto de desmantelamiento y restitución de la presente instalación, se acredita el cumplimiento del art. 52.6 de la Ley 7/2002, la cual debe establecerse en una cuantía igual al importe de los gastos de restitución de los terrenos a su estado original que se fija en diez mil trescientos treinta euros, con cincuenta y dos céntimos (10.330,52 €) que deberá constituirse ante los Excmos. Ayuntamientos de Dos Hermanas (9.728,09 euros) y Alcalá de Guadaira (602,43 euros), respectivamente, ambos de la provincia de Sevilla, con carácter previo a la puesta en servicio de la instalación.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 18 de noviembre de 2019.- El Delegado del Gobierno, Ricardo A. Sánchez Antúnez.
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