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De conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, Orgánica de Universidades, de 12 de abril,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2 e) de la misma norma, así como el Estatuto de esta Universidad, y atendiendo a la Orden de Autorización de la Consejería de Economía y Conocimiento de fecha 8 de noviembre de 2017 para la contratación temporal de profesorado universitario en la Universidad de Sevilla, ha resuelto convocar concurso público de méritos de las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, e incluidas en la vigente relación de puestos de trabajo, y que se regirá de acuerdo con las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; en el Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas; en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades; en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (Decreto 324/2003, modificado por Decreto 16/2008); y en el texto refundido de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados aprobado por Acuerdo 5.3 de Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2014. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación general que le sea de aplicación, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante la totalidad del periodo de contratación.
2.1. De carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de discapacitado reconocida oficialmente deberán tener catalogada la discapacidad, acreditando su compatibilidad con las funciones de las plazas a las que se opta.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
e) Estar en posesión del título universitario de Graduado Universitario, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero deberá estar homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte u Organismo que tuviera reconocida dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones, pudiendo serle requerida documentación acreditativa de esta circunstancia en el momento de la firma del contrato.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. De carácter específico.
Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo, fuera del ámbito académico universitario, una actividad remunerada laboral, profesional o en la Administración Pública para la que capacite el título universitario que posea, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada, adquirida durante al menos tres años y que mantengan su actividad profesional a la fecha del fin de presentación de instancias y durante la totalidad del periodo de contratación.
3. Presentación de solicitudes.
3.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum, por duplicado, debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla, que está disponible en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/concursospdi/. Las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados se tramitarán como una sola solicitud (ej. 02/1-2-3/18). Los aspirantes que opten a más de una plaza, identificadas por el código que les corresponda en el Anexo I de esta convocatoria, deberán presentar solicitud individualizada para cada una de ellas.
3.2. Las solicitudes deberán dirigirse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.3. Los aspirantes deberán justificar haber abonado a la Universidad de Sevilla dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 24 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander, en la cuenta núm. ES770049.2588.71.2114241655 (dígito bancario: 750), a nombre de «Universidad de Sevilla», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante, considerándose que es un requisito insubsanable. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud correspondiente de participación.
Estarán exentos de pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con el informe preceptivo de la Institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
3.4. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación por duplicado:
a) Modelo de currículum vitae debidamente cumplimentado y firmado en todas sus hojas (en formato papel) incluido junto con el modelo de instancia en el enlace: https://institucional.us.es/concursospdi/.
b) Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente diligenciada por la entidad bancaria (en formato papel).
c) Fotocopias de todas las titulaciones que se posean o, en su caso, del resguardo de haber abonado los derechos de expedición de las mismas, junto con las certificaciones académicas oficiales en las que consten las calificaciones de las asignaturas cursadas en cada titulación. La nota media del expediente deberá venir reflejada dentro del rango de 0 a 10. En el caso de títulos extranjeros, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de Educación Cultura y Deporte. Todo ello deberá aportarse en formato papel.
d) Documentos que se estimen convenientes para la debida justificación de los méritos en soporte C.D. (formato PDF) por duplicado, debidamente identificado con el nombre del concursante y el número de la plaza. En dicho C.D. deberán aparecer los justificantes de los méritos en un único archivo PDF, debiendo indicarse en el modelo de currículum, el número de página de inicio en dicho documento PDF para cada mérito aportado.
e) Para acreditar el ejercicio de la actividad profesional pertinente, la actual y la requerida de los 3 años de antigüedad, ya sea por cuenta ajena o propia, se deberán presentar fotocopias de los siguientes documentos:
• Trabajador por cuenta ajena:
- Informe de vida laboral actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Contrato o contratos de trabajo que cubran el periodo de al menos los tres años requeridos, reflejados en la vida laboral, adjuntando certificado de la empresa con indicación del puesto de trabajo desempeñado, antigüedad y funciones, cuando del contrato no se deduzcan cuáles son.
- En el caso de los empleados públicos se aportará hoja de servicios y certificado actualizado del Organismo, en el que se haga constar la antigüedad y el tipo de actividad que se realiza.
• Trabajador por cuenta propia:
- Informe de vida laboral actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o, si existe Colegio profesional y tiene esa alternativa, certificado actualizado de la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, indicando la antigüedad y el mantenimiento de la actividad.
- En el supuesto de que para la actividad profesional que se ejerce no resulte obligatorio el alta en ninguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se deberá presentar certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Colegio profesional correspondiente que acredite el ejercicio de la actividad profesional actualizado.
El término «actualizado» debe entenderse referido al plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso. En cualquier caso, los documentos presentados deberán dejar constancia del ejercicio de la actividad profesional con una antigüedad de, al menos, tres años, sea por cuenta ajena o propia, y justificar la actual.
f) Declaración responsable firmada, según modelo que se acompaña en la instancia-currículum (https://institucional.us.es/concursospdi/), de la veracidad de los documentos aportados que son copia fiel de los originales.
La documentación de los apartados a), b), c), e) y f) deberá ser aportada necesariamente en papel y por duplicado. En caso contrario, el aspirante será excluido del concurso.
Para instar solicitar el reconocimiento del mérito preferente en su caso, deberá indicarlo en su instancia currículum aportando la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 48.3 de la LOU y en el artículo 43.1 de la LAU.
3.5. La acreditación de los servicios en la Universidad de Sevilla se hará mediante certificación que deberá solicitarse en el Servicio de Gestión de Personal Docente de esta Universidad, en el supuesto de servicios prestados en la misma. Por lo que respecta a la actividad docente, la certificación se solicitará en el Área de Ordenación Académica.
En el supuesto de servicios prestados en otra Universidad, la acreditación deberá hacerse mediante certificación expedida por el Secretario General de la misma en la que se hagan constar la efectiva impartición de la docencia y que el contrato ha sido obtenido por concurso. En el caso de Universidades extranjeras, la certificación deberá hacer sido expedida por figura homóloga a la de Secretario General y aportarse debidamente traducida al castellano por traductor jurado oficial.
3.6. La relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada plaza se hará pública en el plazo máximo de 1 mes contado desde el fin del plazo de presentación de instancias, con indicación, en su caso, de la causa de exclusión o del reconocimiento del mérito preferente y plazo de subsanación de defectos. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado y, a título informativo, en el portal electrónico de esta Universidad (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público - Convocatorias).
Contra esta resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Sr. Rector Magfco. en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del listado provisional. La documentación que se aporte para subsanar deberá presentarse por duplicado, y en todo caso, acompañada de la correspondiente instancia o escrito de remisión solicitando dicha subsanación. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes excluidos y revisada la documentación aportada por los interesados en el trámite de subsanación, en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, por el procedimiento anteriormente mencionado, figurando en ellas la relación de aspirantes a los que se les reconoce el mérito preferente. Conforme a lo establecido en el punto 2.4.6 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados, en ningún caso, ni por los Departamentos ni por las Comisiones se abrirá un nuevo periodo para la presentación de otros méritos, ni para la subsanación de los no alegados, debiendo considerarse únicamente los presentados inicialmente con sus solicitudes, conforme establecen las normas de la convocatoria.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa y contra ella los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco., a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.
Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y en el Reglamento 2016/679 de la Unión Europea, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Sra. Delegada de Protección de Datos de la Universidad de Sevilla, Rectorado, C/ San Fernando, 4, 41004, Sevilla.
4. Resolución del concurso.
4.1. Los méritos de los candidatos serán valorados conforme al Baremo General y al Baremo Específico elaborado por la correspondiente Comisión en el que vendrá determinado el umbral mínimo de puntuación que han de alcanzar los candidatos para poder optar a la plaza. Ambos baremos se encuentran disponibles en la siguiente dirección (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público – Normativa y Baremos Específicos).
4.2. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación constituidas de conformidad con el art. 90 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
4.2.1. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.
4.3. En el plazo máximo de 25 días hábiles desde la recepción de la documentación, las Comisiones, que se abstendrán de publicar las Actas, resolverán el Concurso.
Los Presidentes de las Comisiones deberán remitir al Servicio de Programación Docente la propuesta de adjudicación, al día siguiente de haber sido resuelto el concurso, acompañando:
A) Actas, debidamente cumplimentadas en papel, de las sesiones realizadas por la Comisión de Contratación, conforme a lo establecido en el artículo 2.4.7 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados.
B) Acta final, debidamente cumplimentada en el soporte informático BACO, conteniendo propuesta de adjudicación, en la que propondrá:
a. Al candidato que haya obtenido mayor puntuación de entre los que acrediten estar en posesión del mérito preferente siempre que haya superado el umbral mínimo establecido en el baremo específico o bien, si ningún candidato cumple estos requisitos,
b. Al candidato que haya obtenido mayor puntuación, siempre que tenga una puntuación superior al umbral mínimo; o bien
c. La no provisión de la plaza, si ningún candidato tiene una puntuación mayor que la del umbral mínimo.
C) La documentación aportada al Concurso por el/los candidato/s propuesto/s. El resto de la documentación presentada por los otros candidatos quedará depositada en el Departamento correspondiente. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si estos así lo solicitan una vez finalizado el proceso del Concurso, y siempre que no se haya interpuesto Recurso contra el resultado final del Concurso. La documentación depositada en el Servicio de Programación Docente deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de 6 meses desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.
El Acta final será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico de la Universidad (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público - Convocatorias). Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.
Contra estas propuestas los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación.
5. Duración de los contratos.
5.1. Iniciación.
5.1.1. El plazo para la firma del contrato será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación, entendiéndose que, si en dicho plazo, el adjudicatario no se persona para la firma del contrato en el Servicio de Gestión de Personal Docente (Sección de Personal Docente Contratado), se entenderá que renuncia al mismo.
5.1.2. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.
b) Solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando, en su caso.
c) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.6 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
d) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
5.2 Prórrogas.
Los contratos podrán ser prorrogados conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y demás normas que resulten de aplicación. Dicha renovación se dará siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, se mantengan las necesidades docentes que motivaron el contrato y salvo que exista informe motivado en contra de la renovación por parte del Departamento.
6. Régimen de dedicación.
La dedicación en horas semanales que se indica en la convocatoria viene referida a horas lectivas, debiéndose de realizar el mismo número de tutorías, añadiéndose una hora para otras actividades.
Contra la presente resolución podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 28 de enero de 2019.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
ANEXO I Plazas de Profesor AsociadoDEPARTAMENTO DE BIOLOGÍA VEGETAL Y ECOLOGÍA |
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ÁREA: BOTÁNICA (063) | |
02/58/18 | - 1 Profesor Asociado (Dedicación: LTP02). |
Perfil docente: Docencia de postgrado en el área de Botánica. | |
ÁREA: ECOLOGÍA (220) | |
02/59/18 | - 1 Profesor Asociado (Dedicación: LTP02). |
Perfil docente: Docencia de postgrado en el área de Ecología. |