Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 804/2017.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 804/2017. Negociado: 3I.

NIG: 4109144S20170008680.

De: Don José Antonio Mellado Millán.

Abogada: Doña María Ángeles Rojas García.

Contra: Ilunión Limpieza y Medio Ambiente, S.L., Limpiezas y Servicios la Torre, S.L., Fogasa y don Antonio Latorre Martín.

Abogado: Don Francisco Javier Amaya Valencia.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 804/2017, a instancia de la parte actora don José Antonio Mellado Millán contra Ilunión Limpieza y Medio Ambiente, S.L., Limpiezas y Servicios la Torre, S.L., Fogasa y don Antonio Latorre Martín sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado resolución de fecha 6.11.18 del tenor literal siguiente:

DECRETO 770/2018

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sra. Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a seis de noviembre de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. José Antonio Mellado Millán ha presentado demanda frente a Ilunión Limpieza y Medio Ambiente, S.L., Limpiezas y Servicios la Torre, S.L., y Fogasa en materia de despido.

Segundo. Las partes han sido citadas al acto de conciliación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia con resultado de avenencia en los siguientes términos:

«La empresa reconoce expresamente la improcedencia del despido del actor, y no pudiendo proceder a su readmisión le ofrece en este acto en concepto de indemnización por despido improcedente, la suma de 4.100 € netos, cantidad que de ser aceptada por el actor, se abonará en el plazo de una semana en la cuenta bancaria que por la parte actora se designe.

La parte actora acepta cantidad y forma de pago, y manifiesta que una vez haga efectivo el cobro de la cantidad arriba indicada, se considerará saldada y finiquitada por todos los conceptos, haciendo constar el número de cuenta donde debe realizarse la transferencia en la entidad bancaria La Caixa ES92 2100 8498 7621 0072 3284.

Ambas partes acuerda que la extinción de la relación laboral fue a fecha 15/07/17.»

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. El art. 84 de la LRJS establece que si las partes alcanzan una avenencia, siempre que no sea constitutiva de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y además se acordará el archivo de las actuaciones.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Aprobar la avenencia alcanzada entre las partes en este procedimiento.

- Y archivar las presentes actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Limpiezas y Servicios la Torre, S.L., y don Antonio Latorre Martín, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a treinta de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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