Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 21/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 10 de enero de 2019, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Sevilla, dimanante de autos núm. 146/2018.

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NIG: 4109142C20140011910.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 146/2018. Negociado: V.

Sobre: Medidas derivadas de separación o divorcio.

De: Omatseye Susan Adams.

Procuradora: Sra. María Sánchez Oliveros.

Contra: Benjamin Emovon.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 146/2018 seguido a instancia de Omatseye Susan Adams frente a Benjamin Emovon se ha acordado emplazar al mismo para contestar al escrito de demanda, cuyo tenor literal es el siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Ubno de Sevilla.

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Benjamin Emovon.

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado para contestar por escrito a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del decreto de admisión de aquella.

Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y, notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 13/2009, de Enjuiciamiento Civil -LEC).

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de Procurador, con la asistencia de Abogado (artículo 750 de la LEC).

Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC).

Si pretende solicitar la designación de Abogado y Procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la demanda, o de la cédula de emplazamiento o citación. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de Abogado y Procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

En Sevilla, a 12 de noviembre de dos mil dieciocho.

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia

Y encontrándose dicho demandado, Benjamin Emovon, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación y emplazamiento en forma al mismo.

En Sevilla, a 10 de enero de 2019.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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