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NIG: 2906742120180023138.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 820/2018. Negociado: IA.
Sobre: Divorcio.
De: Doña Ana Cortes Carmona.
Procuradora: Sra. María Picón Villalón.
Letrado: Sr. Enrique Manuel Domínguez Galán.
Contra: D./ña. Kenechukwu Sunday Nneji.
E D I C T O
En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 820/2018, seguido a instancia de Ana Cortes Carmona frente a Kenechukwu Sunday Nneji se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
FALLO
Estimar la demanda de divorcio interpuesta por doña Ana Cortes Carmona contra don Kenechukwu Sunday Nneji, y en consecuencia debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales, abonando cada parte sus propias costas.
Comuníquese esta sentencia una vez firme al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los sujetos del pleito.
Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá en el plazo de 20 días conforme al art. 458 de la LEC en su nueva redacción de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.
Y encontrándose dicho demandado, Kenechukwu Sunday Nneji, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Málaga, a cinco de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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