Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 27/03/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que en relación con las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo General de Administrativos (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2010, se ofertan vacantes al aspirante seleccionado en las mismas, en virtud de ejecución judicial.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante Resolución de 6 de junio de 2012, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 116, de 14 de junio), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2010, publicándose la relación definitiva de aprobados mediante Acuerdo de la Comisión de Selección, de 1 de abril de 2014. Posteriormente, mediante Resolución de 22 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA núm. 101, de 28 de mayo), se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados. Asimismo, por Resolución de 16 de julio de 2014, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 141, de 22 de julio), se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo, al personal relacionado en el anexo a la misma.

Don Daniel Avilés Casquet participó en las referidas pruebas selectivas, sin figurar en la relación definitiva de aprobados.

Segundo. Contra la desestimación del recurso de alzada presentado frente a la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo de referencia, fue interpuesto a instancia de don Daniel Avilés Casquet recurso contencioso-administrativo seguido por los cauces del procedimiento núm. 1028/2014, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictando la sentencia núm. 1171/2018, de 20 de junio, estimando las pretensiones de la parte recurrente, de acuerdo con la cual se dicta el siguiente:

«F A L L O

1) Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Daniel Avilés Casquet.

2) Anular contra resolución de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 24 de julio de 2014, por la que se desestimó el recurso de alzada contra la resolución de la Comisión de Selección de 1 de abril de 2014, por la que se publicó el listado definitivo de aprobados en el procedimiento selectivo, por el sistema de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2010, convocado por resolución de 6 de junio de 2012, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 116, de 14 de junio de 2012), en lo que afecta a don Daniel Avilés Casquet, por ser contraria a derecho.

3) Condenar a la Consejería de Hacienda y Administración Pública a que valore con dos puntos los méritos a que se refiere el baremo en su apartado 12.2.c) de la base tercera, con todos los efectos inherentes a tal declaración.

4) Imponer el pago de las costas procesales de esta instancia conforme a lo señalado en el fundamento jurídico séptimo.»

Mediante Providencia de 28 de septiembre de 2018, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, determina la firmeza de la citada sentencia. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede llevar a puro y debido efecto lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Granada, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.

Tercero. En cumplimiento de la sentencia núm. 1171/2018, de 20 de junio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Granada, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2010, ha acordado revisar el baremo de méritos del recurrente, otorgándole 2 puntos en el apartado de formación, cursos directamente relacionados con el temario, resultando en consecuencia una puntuación total, sumando las puntuaciones de oposición y concurso de 167,000 puntos, puntuación igual a la obtenida por el último opositor aprobado en el proceso selectivo, por lo que le correspondería un número de orden 7 bis, aplicando los criterios de desempate contenidos en la base séptima, apartado 4, de la resolución de convocatoria de este proceso selectivo.

Cuarto. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de la delegación efectuada,

RESUELVO

Primero. 1. Ofertar vacante, en ejecución de sentencia, y en relación con las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2010, convocadas mediante Resolución de 6 de junio de 2012, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 116, de 14 de junio), al aspirante don Daniel Avilés Casquet, con DNI ***9743**, con una puntuación reconocida de 167,000 puntos y un número de orden 7 bis.

2. Con el fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 2 de abril de 2019, a las 12:30 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla.

Segundo. 1. Al acto deberá comparecer el aspirante, provisto de la documentación que a continuación se relaciona:

a) Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero.

b) Original y fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo a que se aspira.

e) Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

Asimismo, el aspirante deberá aportar certificado de discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, en grado igual o superior al 33%, expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía competente en la materia, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo a que se aspira.

2. El personal aspirante que tuviera la condición de funcionario de carrera y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que de lo consignado en el mismo se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, requiriéndose en caso contrario su acreditación documental.

Tercero. En atención a las prioridades funcionales y organizativas de los servicios de esta Administración y teniendo en cuenta la puntuación otorgada, la vacante ofertada es la que figura en el Anexo I de la presente resolución.

Cuarto. En el caso de que, en la fecha fijada en el apartado primero, el interesado no comparezca, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada; no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la resolución de convocatoria, no podrá ser nombrado personal funcionario de carrera del Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Sevilla, 15 de marzo de 2019.- La Directora General, Natalia Márquez García.

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