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De conformidad con lo establecido en las bases 5.2 y 5.5 del Anexo I de la Resolución de 21 de septiembre de 2016 (BOJA núm. 183, de 22 de septiembre), por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la Especialidad de Farmacia, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, vistas las alegaciones presentadas contra la Resolución de 28 de enero de 2019, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 21, de 31 de enero), por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, y las listas provisionales de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas, con expresión, en su caso, de las causas de denegación, para la realización de las pruebas selectivas de dicho Cuerpo; y en virtud de las atribuciones que se le asignan por el Decreto 70/2008, de 26 de febrero (BOJA núm. 52, de 14 de marzo), por el que se regula la plantilla orgánica, las funciones, las retribuciones, la jornada y horario de trabajo, el acceso y la provisión de puestos de trabajo del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria, y por el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General,
RESUELVE
Primero. Aprobar las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, con expresión, en su caso, de las causas de exclusión, y las listas definitivas de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas, con expresión, en su caso, de las causas de denegación, para la realización de las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la especialidad de Farmacia, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, convocada por la resolución que se cita.
La concesión de adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas que forman parte de esta convocatoria no dará derecho a la realización de las mismas, en caso de ser excluido/a en el listado definitivo de personas admitidas y excluidas de la convocatoria en la que participa.
Segundo. Anunciar que las citadas listas definitivas de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas, así como las listas definitivas de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas y denegadas para la realización de las pruebas selectivas, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Anunciar que:
- La fase de oposición por el sistema de acceso libre de Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la especialidad de Farmacia, consistente en la realización de las dos pruebas previstas en la base 1.1 de la convocatoria, se celebrará en Sevilla el día 30 de marzo de 2019, a las 8:00 horas, en las siguientes sedes:
- Facultad de Turismo y Finanzas (Campus Universitario Ramón y Cajal. Avda. San Francisco Javier, s/n, de Sevilla).
La distribución de cada persona aspirante por centros y aulas se encontrará disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www. juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) desde el mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. La duración máxima para la realización de las dos pruebas será de tres horas, pudiendo la persona aspirante distribuir libremente el tiempo dedicado a cada prueba.
Para acceder al aula de examen, las personas opositoras deberán presentar necesariamente, en el momento del llamamiento, el Documento Nacional de Identidad, Número de Identidad Extranjero, Pasaporte o cualquier otro documento que permita acreditar su personalidad.
De conformidad con lo dispuesto en la base 7.2 de la convocatoria, las personas aspirantes que acudan sin la documentación acreditativa de su identidad quedarán decaídos en sus derechos, considerándose que no ha completado la fase de oposición.
De conformidad con lo dispuesto en la base 7.1 de la convocatoria, cuando la prueba sea señalada en sábado, las personas aspirantes que hayan solicitado la no realización de las pruebas de las que consta la fase de oposición, desde la puesta del sol del viernes hasta la puesta de sol del sábado, al amparo del artículo 12.3 de la Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, y lo hayan acreditado conforme la base 4.1 de la convocatoria deberán acudir al llamamiento efectuado para acreditar su identidad, adoptándose si fuera necesario las medidas organizativas oportunas para que puedan ejercer su derecho y que con carácter preferente preverán que realiza la misma prueba y en el mismo día que el resto de personas opositoras.
En cualquier caso, quedarán decaídos en sus derechos quienes no comparezcan, considerándose que no ha completado la fase de oposición, sin perjuicio de lo establecido en la base 7.5 de la convocatoria.
El llamamiento será único y se excluirá a quienes no comparezcan.
Asimismo, las personas aspirantes deberán acudir provistas de bolígrafo azul o negro. No podrá utilizarse libro ni documentación alguna.
Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de marzo de 2019.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.
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