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Advertido error en el Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios deportivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el artículo 94.3 del Decreto 205/2018, de 13 de noviembre.
Donde dice:
«3. Las personas integrantes del Tribunal que sean ajenas a la Administración de la Junta de Andalucía tendrán derecho a percibir una indemnización que se determinará mediante la orden contemplada en el apartado anterior, por que realicen en el desempeño de sus funciones como personas miembros del Tribunal.»
Debe decir:
«3. Las personas integrantes del Tribunal que sean ajenas a la Administración de la Junta de Andalucía tendrán derecho a percibir una indemnización que se determinará mediante la orden contemplada en el apartado anterior, por las propuestas que realicen en el desempeño de sus funciones como personas miembros del Tribunal.»
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