Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 03/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de marzo de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 824/2018.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 824/2018 Negociado: A1.

NIG: 2906744420180011002.

De: Don Antonio Díaz Sequera.

Contra: Restaurante La Estrella Costa del Sol, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 824/2018 a instancia de la parte actora don Antonio Díaz Sequera contra Restaurante La Estrella Costa del Sol, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 16.3.19 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Antonio Díaz Sequera frente a Restaurante La Estrella Costa del Sol, S.L., sobre cantidad, debo condenar y condeno a Restaurante La Estrella Costa del Sol, S.L., a abonar a don Antonio Díaz Sequera la cantidad de 669,79 euros de salario adeudado, más 66,97 euros de mora.

Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por la anterior declaración.

Notifíquese la presente resolución a las partes, informándosele que la misma es firme y contra ella cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de Publicación. La extiendo yo el Sr. Letrado de Administración de Justicia para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Restaurante La Estrella Costa del Sol, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinte de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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