Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 17/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Jaén, dimanante de autos núm. 381/2018. (PP. 706/2019).

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NIG: 2305042120180003296.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 381/2018. Negociado: A1.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña Teresa Martínez Moreno.

Procuradora: Sra. Dulcenombre Gutiérrez Gómez.

Contra: Don Juan Ródenas Carrasco.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 381/2018 seguido a instancia de Teresa Martínez Moreno frente a Juan Ródenas Carrasco se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Don Antonio Uceda Molina, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm.Uno de esta ciudad y su Partido Judicial, ha examinado los autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 381/2018 entre partes, de una y como demandante la Procuradora de los Tribunales doña Dulcenombre Gutiérrez Gómez en nombre y representación de doña Teresa Martínez Moreno bajo la dirección técnica de doña Aurora de la Torre Santano, y de otra, como demandado, don Juan Ródenas Carrasco, declarado en rebeldía procesal.

FALLO

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Dulcenombre Gutiérrez Gómez en nombre y representación de doña Teresa Martínez Moreno contra don Juan Ródenas Carrasco y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 9.365 euros más los intereses legales desde el día 22 de diciembre de 2005.

Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén que se interpondrá en el plazo de veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a las actuaciones y juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Juan Ródenas Carrasco, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jaén, a veintisiete de febrero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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