Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 30/04/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 23 de abril de 2019, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se efectúa convocatoria para la provisión de plazas vacantes de asesores y asesoras en Centros del Profesorado dependientes de la Consejería de Educación y Deporte.

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El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en el apartado 1 del artículo 51 que la selección de los asesores y asesoras de los Centros del Profesorado se realizará por concurso de méritos, previa convocatoria que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Se da así cumplimiento al citado precepto mediante la aprobación de la Orden de 15 de abril de 2015, por la que se establece el procedimiento y los criterios objetivos de selección para la provisión de plazas vacantes de asesores y asesoras de Centros del Profesorado dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

El artículo 2 de la Orden de 15 de abril de 2015 regula el plazo máximo en la que la Dirección General competente en materia de Formación del Profesorado realizará convocatoria de plazas, determinando los Centros del Profesorado en los que se hayan producido vacantes.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa

HA RESUELTO

Primero. Convocar concurso de méritos para la selección de asesores y asesoras en los Centros del Profesorado que se relacionan en el Anexo VII de la presente resolución.

Segundo. Al presente concurso de méritos le será de aplicación tanto el procedimiento como los plazos generales establecidos en la Orden de 15 de abril de 2015.

Los plazos generales que se establecen se entenderán referidos a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente resolución. Asimismo, las referencias que se realizan en la Orden de 15 de abril de 2015 a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se entenderán realizadas a la actual Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Las solicitudes de participación y la documentación podrán presentarse en soporte papel tal y como se indica en el artículo 5.1.b) de la Orden de 15 de abril de 2015, así como por vía telemática a través del portal docente y la dirección electrónica siguiente: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/

Dicho formulario se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo que dará validez y unicidad a esta.

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la provincia en la que se encuentre el centro de profesorado a cuya asesoría se opta. Una vez cumplimentada la solicitud conforme a las indicaciones e instrucciones previstas, ésta deberá teletramitarse. Las personas interesadas deberán disponer para ello de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. Igualmente se podrán presentar utilizando el usuario Idea para acceder al portal docente y la tarjeta DIPA para la firma. No se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas por esta vía que no completen el proceso de presentación fijado, debiendo obtenerse el resguardo de solicitud firmado y sellado que deberá conservar la persona interesada para acreditar la presentación en plazo y forma.

Cuarto. La relación provisional de admisión y exclusión de solicitudes en el proceso selectivo de asesores y asesoras de formación en centros del profesorado, se ajustará al modelo Anexo III incluido en la presente convocatoria.

Quinto. Se publican, con la presente resolución, los siguientes anexos a los que alude la Orden de 15 de abril de 2015.

- Anexo I. Solicitud de participación en la convocatoria pública para la provisión de puestos vacantes de asesores y asesoras de formación en centros del profesorado.

- Anexo III. Relación provisional de admisión y exclusión de solicitudes en el proceso selectivo.

- Anexo VII. Listado de plazas ofertadas.

- Anexo VIII. Modelo de proyecto para el desempeño de la función asesora del Centro del Profesorado.

- Anexo IX. Valoración del proyecto y su defensa.

a) Ítems de valoración del proyecto de asesoría.

b) Ítems de valoración de la defensa del proyecto de asesoría.

- Anexo X. Cuerpos y Especialidades Docentes según perfil de Asesoría

- Anexo XI. Contenidos mínimos del programa de formación inicial.

Sevilla, 23 de abril de 2019.- El Director General, Antonio Segura Marrero

ANEXO VIII

MODELO DE PROYECTO PARA EL DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN ASESORA DEL CENTRO DEL PROFESORADO

a) Formato de presentación. El proyecto deberá tener una extensión mínima de treinta páginas y máxima de sesenta, excluidos el índice, la portada y los anexos y acogerse a los siguientes requisitos de formato:

1. Fuente: Times New Roman 12.

2. Interlineado: 1,5 en el texto. Sencillo en las notas a pie de página.

3. Márgenes superior e inferior: 2,5 cm. Márgenes izquierdo y derecho: 3 cm.

4. Anexos: Se podrán incluir gráficos, esquemas o información estadística, instrumentos de evaluación, etc. que tengan un carácter no esencial y que permitan complementar o justificar la propuesta expuesta. En ningún caso se relegará a los anexos información esencial que deba formar parte del cuerpo principal del proyecto.

b) Contenidos del proyecto. Asimismo, deberá contar con los siguientes apartados:

1. Introducción. Justificación personalizada del proyecto de asesoría que se presenta fundamentada en el marco normativo vigente.

2. Descripción del contexto del CEP y del colectivo de la asesoría a la que se opta.

- Centro del Profesorado y zona de actuación.

- Características del colectivo profesional relacionado con el perfil de la asesoría a la que se opta.

1. Modelo de asesoría que se pretende desarrollar.

- Definición y características.

- Principios que lo fundamentan y sustentan.

- Adecuación del modelo al perfil de asesoría al que se opta.

4. Propuestas de asesoramiento para el colectivo profesional, etapa, ámbito y/o centro, respecto a:

- Diagnóstico de necesidades formativas de los centros educativos y del colectivo de la asesoría.

- Procedimientos para la recogida y análisis de la información.

- Estrategias y orientaciones que permitan al profesorado el análisis de su práctica docente.

- Planificación de actuaciones vinculadas a las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado y a la autoevaluación del centro, que contemplen diferentes modalidades formativas.

- Estrategias de dinamización, apoyo y asesoramiento a grupos, centros, colectivos y redes profesionales.

- Trabajo en equipo del profesorado y su participación en proyectos y planes estratégicos de la Consejería competente en materia de educación.

- Actuaciones que promuevan la investigación, el intercambio y la difusión de conocimiento y experiencias.

5. Estrategias para dinamizar el funcionamiento del Centro del Profesorado y potenciar el trabajo cooperativo con el equipo asesor del Centro y con el resto de la Red de Formación, así como con otros servicios de apoyo externo.

6. Propuesta de autoevaluación de la práctica asesora.

ANEXO IX

VALORACIÓN DEL PROYECTO Y SU DEFENSA

a) Ítems de valoración del proyecto, máximo 25 puntos.

1. Bases teóricas en las que se fundamenta. (Apartado 1, máximo 5 puntos).

- Modelos y paradigmas de formación del profesorado. (Máximo 1 punto).

- El Sistema Andaluz de Formación y su red de centros del profesorado. (Máximo 1 punto).

- Modelo de asesoría que se pretende desarrollar, fundamentos y líneas a seguir. (Máximo 3 puntos).

2. Solvencia, viabilidad, claridad, concreción de estrategias, rigor del análisis, reflexión y propuestas de actuación. (Apartado 2, máximo 5 puntos).

- Criterios para la organización de actuaciones viables encaminadas a la consecución de su proyecto. (Máximo 2 puntos).

- Propuestas de coordinación y asesoramiento con los centros educativos y otros servicios e instituciones. (Máximo 1,5 puntos).

- Estrategias para dinamizar el funcionamiento y organización de su asesoría. (Máximo 1,5 puntos).

3. Viabilidad y adecuación del proyecto al contexto en el que se pretende desarrollar, a las líneas estratégicas establecidas por la Consejería competente en materia de educación y al modelo de asesoría y de CEP propuesto. (Apartado 3, máximo 10 puntos).

- Justificación de las necesidades detectadas y de las actuaciones realizadas para el diagnóstico de la zona o colectivo profesional al que opta asesorar. Definición de referentes, criterios e indicadores, procedimientos para la recogida de datos y análisis de la información. (Máximo 2 puntos).

- Establecimiento de criterios para definir y dar prioridad a objetivos a medio y corto plazo. (Máximo 2 puntos).

- Estrategias de organización de las asesorías de referencia y la formación en centros para el apoyo y asesoramiento en el desarrollo de líneas estratégicas establecidas por la Consejería. (Máximo 2 puntos).

- Mecanismos de coordinación e integración en el Proyecto de Formación del Centro del Profesorado de los planes de formación de los centros educativos y del colectivo profesional al que opta asesorar. (Máximo 2 puntos).

- Exposición de estrategias para la participación, dinamización, apoyo y asesoramiento a centros, zonas, y colectivos profesionales, así como adecuación de las actuaciones a las modalidades de formación más pertinentes. (Máximo 2 puntos).

4. Originalidad y carácter innovador (Apartado 4, máximo 5 puntos).

- Medidas y estrategias para potenciar la coordinación y el trabajo entre el equipo asesor y los centros educativos. (Máximo 2,5 puntos).

- Estrategias para dinamizar actuaciones que impulsen la innovación, el desarrollo y la actualización de competencias profesionales del profesorado. (Máximo 2,5 puntos).

b) Ítems de valoración de la defensa del proyecto, máximo 25 puntos.

1. Claridad en la expresión y dominio de las estrategias de comunicación. (Apartado 1,  máximo 7 puntos).

- Expone serena y claramente el proyecto utilizando un lenguaje fluido y ordenado. (Máximo 3 puntos).

- Durante su exposición sabe mantener la atención de los miembros de la comisión. (Máximo 2 puntos).

- Demuestra poseer dotes de liderazgo. (Máximo 2 puntos).

2. Capacidad de argumentación y fundamentación de las ideas. (Apartado 2 - máximo 7 puntos).

- Demuestra conocimiento de los modelos de formación. (Máximo 1,5 puntos).

- Enmarca su proyecto dentro de las líneas del III Plan Andaluz de Formación. (Máximo 2 puntos).

- Demuestra que conoce todo lo que expone en su proyecto. (Máximo 2 puntos).

- Argumenta el proyecto contextualizándolo. (Máximo 1,5 puntos).

3. Capacidad para debatir y, en su caso, asumir o integrar otras opiniones o ideas. (Apartado 3, máximo 7 puntos).

- Defiende con firmeza y asertividad el proyecto. (Máximo 2 puntos).

- Responde con argumentos precisos y concisos a las preguntas que se le realizan. (Máximo 2 puntos).

- Plantea supuestos coherentes y bien estructurados (Máximo 1 punto).

- Demuestra capacidad de resolución ante las posibles situaciones que se le plantean. (Máximo 2 puntos).

4. Capacidad para aplicar medios tecnológicos u otros recursos a la defensa del proyecto de forma innovadora y creativa. (Apartado 4, máximo 4 puntos).

- Demuestra dominio de las tecnologías de la comunicación durante la exposición. (Máximo 2 puntos).

-Utiliza soportes digitales innovadores y defiende el proyecto de manera creativa. (Máximo 2 puntos).

ANEXO X

CUERPOS Y ESPECIALIDADES DOCENTES SEGÚN PERFIL DE ASESORÍA

PERFIL ASESORÍA ETAPA/ ENSEÑANZAS ÁMBITO CUERPOS Y ESPECIALIDADES DOCENTES
E.I. EDUCACIÓN INFANTIL MAESTROS (597)
E.P. EDUCACIÓN PRIMARIA
A.L. EDUCACIÓN SECUNDARIA LINGÜÍSTICO
PROFESORES ENSEÑANZA SECUNDARIA (590)
CATEDRÁTICOS ENSEÑANZA SECUNDARIA (511)
PROF. ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (592)
CATEDRÁTICOS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (512)
A.C.S. CÍVICO-SOCIAL
PROFESORES ENSEÑANZA SECUNDARIA (590) +
CATEDRÁTICOS ENSEÑANZA SECUNDARIA (511)
A.C.T. CIENTÍFICO-TÉCNICO
A.A.D. ARTÍSTICO-DEPORTIVO
FP FORMACIÓN PROFESIONAL
PROFESORES ENS. SECUNDARIA. (590/Especialidades: 017, 019 y desde 101 hasta 125)
CATEDRÁTICOS ENS. SECUNDARIA (511/ Especialidades: 017, 019 y desde 101 hasta 125)
PROFESORES TÉCNICOS DE F.P. (591)
A.R.E. ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS DE RÉGIMEN ESPECIAL
PROFESORES ENS. SECUNDARIA. (590/Especialidades: 009 y 016)
CATEDRÁTICOS ENS. SECUNDARIA. (5
11/Especialidades: 009 y 016)
PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (594)
CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (593)
PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (595)
CATEDRÁTICOS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (513)
N.E.E. ED. INFANTIL, ED. PRIMARIA NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
MAESTROS (597)
PROFESORES ENS. SECUNDARIA. Orientación (590/018)
EDUCACIÓN SECUNDARIA
E.PER. EDUCACIÓN PERMANENTE
MAESTROS (597)
PROFESORES ENS. SECUNDARIA. (590)

ANEXO XI

CONTENIDOS MÍNIMOS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL

Módulo 1. Marco normativo de la formación del profesorado en Andalucía.

a) Red Andaluza de Formación del Profesorado.

b) Regulación normativa en la formación del profesorado.

c) Líneas, ejes y objetivos del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

d) Pautas para su integración en los planes de formación.

Módulo 2. Asesoramiento al profesorado y liderazgo pedagógico y educativo.

a) El profesorado.

b) Asesoramiento al profesorado.

c) Liderazgo pedagógico y educativo.

d) Fomento de las nuevas tecnologías en el desempeño de la función docente

Módulo 3. Gestión y Organización.

a) Diagnóstico de necesidades formativas de centros y profesorado, elaboración de los planes de formación de los centros. Diseño, desarrollo y seguimiento de las actividades de formación.

b) Planes, programas de formación y redes. Difusión de las mismas y de buenas prácticas y experiencias educativas que destaquen por su excelencia.

c) Coordinación entre los servicios de apoyo externo a los centros educativos.

d) Comunicación, trabajo en equipo y relaciones interpersonales y con otros organismos.

e) Aplicaciones informáticas de gestión.

Módulo 4. Evaluación, innovación y mejora.

a) Formación del profesorado para la mejora de la calidad educativa.

b) Estrategias y orientaciones que permitan al profesorado analizar su propia práctica docente y el contexto educativo del centro.

c) Estrategias y modalidades de la formación del profesorado.

d) Competencias y procesos educativos y profesionales que incidan en la mejora educativa.

e) Elaboración de materiales y recursos.

f) Investigación e innovación en la Red de Formación.

g) La evaluación y sus modalidades. Procesos y participación.

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