Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 30/04/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 9 de abril de 2019, de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Jaén, por la que se hace público el Acuerdo de 9 de abril de 2019, de modificación del Acuerdo de 29 de septiembre de 2017, de la Secretaría General Provincial, por la que se delega la competencia para la autenticación o compulsa de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten para ser tramitados por el órgano del cual dependa el registro corresponderá a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la delegación de competencias en esta materia, de acuerdo con lo previsto en el art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el art. 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, en uso de las atribuciones conferidas.

Jaén, 9 de abril de 2019.- El Delegado, Antonio Sutil Montero.

ANEXO

ACUERDO DE 9 DE ABRIL DE 2019, DE LA SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, DEPORTE, IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN EN JAÉN, POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017, DE DELEGACIÓN DE LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN O COMPULSA DE DOCUMENTOS

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su art. 23 en relación a la presentación de copias y devolución de los originales, que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en las que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado, de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.

De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura de servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.

El Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, dispone en su artículo 7.1.r) que de acuerdo con lo recogido en el art. 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, la persona titular de la Secretaría General Técnica tiene atribuida la competencia de la dirección, ordenación y gestión del Registro General, la información al público, el archivo y, en general, los servicios auxiliares y todas las dependencias de utilización común de la Consejería.

Debido al gran número de documentos presentados para su compulsa, en cumplimiento de los previsto en el artículo 53.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el fin de agilizar y mejorar la atención directa al ciudadano, se hace necesario delegar la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos mediante cotejo con los originales en los puestos de trabajo que se señalan en el presente acuerdo.

En base a lo previsto en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y con objeto de facilitar la presentación de documentos por los ciudadanos y agilizar el funcionamiento del Registro y otras Unidades Administrativas de esta Consejería, esta Secretaría General Provincial, en ejercicio de las funciones que tienen asignadas,

ACUERDA

Primero. Modificar el anterior Acuerdo de 29 de septiembre de 2017, de la Secretaría General Provincial de la Delegación Territorial de Educación en Jaén, por el que se delega la competencia para la autenticación o compulsa de documentos, en su apartado primero, en el que se sustituye el código 1719110, con denominación «Auxiliar de Gestión», por el código 1147510 Auxiliar Administrativo.

Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el art. 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el art. 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y producirá efectos a partir de la fecha de su publicación.

Jaén, 9 de abril de 2019.- El Secretario General Provincial, Juan Manuel Castellano Montoro.

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