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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, esta Delegación Territorial hace pública la Resolución de 12 de abril de 2019, por la que se dispone dar publicidad al Fallo de la Sentencia núm. 2013 de 2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, Sección Tercera, recurso número 1991/2005, interpuesto por don Luis Javier González de Lara Alférez, contra la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Alcalá la Real.
Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el presente expediente ha sido inscrito en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de Andalucía con el número de inscripción 992, Libro de Registro de Alcalá la Real, Sección de Instrumentos de planeamiento, número de expediente: 23-000005/06, asiento de anotación accesoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.a) del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
En fecha 25 de junio de dos mil once, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictó sentencia en relación al recurso núm. 1991/2005, interpuesto por don Luis Javier González de Lara Alférez, contra el Acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén de 12 de julio de 2005, que aprueba definitivamente la Revisión-Adaptación del PGOU de Alcalá la Real (Jaén), promovido por el Ayuntamiento, siendo codemandado el Ayuntamiento de Alcalá la Real, cuyo fallo recoge expresamente:
FALLo
«1. Que estimamos el recurso contencioso-administrativo que el Procurador don Rafael García Valdecasas Ruiz, en nombre y representación de don Luis Javier González de Lara Alférez, interpuso contra el Acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén de 12 de julio de 2005, que aprueba definitivamente la Revisión-Adaptación del PGOU de Alcalá la Real, promovido por el Ayuntamiento.
2. No hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas.»
Vistos los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y los artículos 40 y 41 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como la disposición transitoria primera del Decreto 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías,
HE RESUELTO
Disponer el cumplimiento y publicación del Fallo de la Sentencia núm. 2013 de 2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, Sección Tercera, recurso número 1991/2005, en los términos expuestos en su fallo.
Jaén, 12 de abril de 2019.- El Delegado Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico y Vicepresidente Tercero de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, Jesús Manuel Estrella Martínez.
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