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BDNS (Identif): 507012, 507013, 507015, 507016 y 507017.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de ayuda en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios vinculantes que, asimismo, se indican. Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Líneas de ayuda | Partidas presupuestarias | Cuantía máxima (€) | |
2020 | 2021 | ||
a) Ayuda inicial a jóvenes pescadores | 1300120000G/71P/77300/00_G1312143G6_2018000360 | 70.000,00 | 130.000,00 |
b) Medidas de higiene, salud, seguridad y condiciones de trabajo | 1300120000G/71P/77300/00_G1312144G6_2016000367 | 44.290,00 | 400.000,00 |
c) Ayudas destinadas a la limitación del impacto de la pesca en el medio marino y adaptación de la pesca a la protección de especies | 1300120000G/71P/77300/00_G1612112G6_2016000357 | 20.000,00 | 121.000,00 |
d) Promoción eficiencia energética mediante sustitución modernización de motores | 1300120000G/71P/77300/00_G1411154G6_2016000381 | 95.771,00 | 290.000,00 |
e) Inversiones a bordo mejora calidad de los productos. | 1300120000G/71P/77300/00_G1312148G6_2017000142 | 35.000,00 | 570.302,00 |
TOTAL | 265.061,00 | 1.511.302,00 |
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas líneas de ayudas las personas físicas y jurídicas así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que cada uno de los socios de estas agrupaciones solicitantes cumplan las condiciones y requisitos establecidos.
Tercero. Objeto.
El objeto que se pretende con esta convocatoria es lograr los objetivos específicos en virtud de la prioridad 1, recogida en el artículo 6 del Reglamento (UE) núm 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, tales como la reducción del impacto de la pesca en el medio marino, la protección y la recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas acuáticos, el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas del sector de la pesca y mejora de las condiciones de seguridad y trabajo, el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, incluido el aumento de la eficiencia energética y el desarrollo de la formación profesional.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 14 de noviembre de 2016, modificada por la Orden de 28 de noviembre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 18 noviembre de 2016, núm. 222, y de 1 de diciembre de 2017, núm. 231.
Quinto. Cuantía.
La dotación de cada una de las líneas de ayudas se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 22 de mayo de 2020.- La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019), Ana María Corredera Quintana.
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