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El artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que «las Administraciones Públicas que en el ejercicio anterior hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto tendrán una tasa de reposición del 100 por cien».
De conformidad, asimismo, con en el artículo 13.1 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, que establece que «Durante el año 2020 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal».
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, y en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, han sido prorrogados de forma automática.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece en el artículo 19 el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso.
Asimismo, el punto I) del mencionado artículo 19 establece que dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previstos, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado de personal investigador que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.
El cálculo de la tasa de reposición, conforme a lo establecido en el artículo 19, asciende a 46 plazas. Además, de conformidad con lo establecido en el párrafo 2 del apartado 7), se incluyen 3 plazas de Catedrático de Universidad que se proveerán mediante procesos de promoción interna.
Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018; en el artículo 13 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, y en el acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2020.
Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la ley, y efectuada negociación con los órganos de representación del Personal Docente e Investigador, ha resuelto:
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Docente e Investigador de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, para el año 2020, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2020.
Segundo. En la Oferta de Empleo Público se incluyen las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, que se determina en el anexo.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, la convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizará mediante Resolución del Rector que se publicará en los boletines oficiales correspondientes y se ejecutará dentro del plazo máximo establecido.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa; contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).
Sevilla, 27 de mayo de 2020.- El Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.
ANEXO
Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla
Año 2020
Grupo | Cuerpo/categoría | Total de plazas |
A1 | Profesores Titulares de Universidad en aplicación de la tasa de reposición. | 31 |
A1 | Profesores Contratados Doctores en aplicación de la tasa de reposición. | 8 |
A1 |
Incorporación Ramón y Cajal, en aplicación de la tasa de reposición, para personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, en aquella categoría para la que se esté acreditado. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en aquella categoría para la que se esté acreditado. |
7 |
A1 | TOTAL PLAZAS DE NUEVO INGRESO | 46 |
A1 | PROMOCIÓN INTERNA: Catedráticos de Universidad que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna. | 3 |