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Visto el Acuerdo de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de fecha 8 de enero de 2020, por el que se inicia el procedimiento de elaboración del proyecto de «Decreto por el que se modifica la disposición transitoria primera del Decreto 41/2018, de 20 de febrero, por el que se regula el concierto social para la prestación de servicios sociales», examinado el mismo y la documentación que lo acompaña, y habida cuenta que su contenido afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía.
Esta Secretaría General Técnica acordó con fecha 13 de enero de 2020, a instancia de la Viceconsejería proponente del citado proyecto de decreto, someter el borrador del mismo a información pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el borrador del proyecto de «Decreto por el que se modifica la disposición transitoria primera del Decreto 41/2018, de 20 de febrero, por el que se regula el concierto social para la prestación de servicios sociales», por un plazo de siete días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que los organismos, entidades, colectivos y ciudadanos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.
El presente trámite se ha abreviado en función de la declaración de urgencia de la tramitación del proyecto de orden recogida en el acuerdo de inicio de la misma.
Segundo. Durante dicho plazo, el texto del borrador del citado proyecto decreto estará disponible en la siguiente página web de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y Conciliación: http://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/participacion/normativa.html.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al borrador del proyecto de decreto se realizarán preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico viceconsejeria.cipsc@juntadeandalucia.es, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de enero de 2020.- La Secretaria General Técnica, María Inmaculada Fajardo Rivas.
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