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Con fecha 13 de abril de 2020, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Almería, en el expediente de protección núm. (DPAL)352-2010-00006247-1 (EQM6), referente a la menor T.B.J., ha acordado iniciar procedimiento de extinción de acogimiento familiar permanente y ha dictado resolución por la que se adopta medida de acogimiento residencial y se establece régimen de relaciones familiares.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Josefa Jiménez Cruz, al desconocerse el lugar en el que tiene que ser notificado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos se le pone en su conocimiento el derecho que le asiste a presentar alegaciones y a aportar documentos u otros elementos de juicio que estime pertinentes en cualquier momento antes del trámite de audiencia según el art. 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la resolución de adopción de nueva medida y de establecimiento de régimen de relaciones familiares cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes a la menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, Ctra. de Ronda, 226, 4.ª pta. (Bola Azul), para su completo conocimiento.
Almería, 3 de junio de 2020.- El Delegado, Antonio José Jiménez Rosales.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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