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En fecha 27 de noviembre de 2019, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictó Sentencia en relación con el recurso contencioso-administrativo núm. 1002/2017, interpuesto por la Federación de Ecologistas en Acción-Sevilla, contra Resolución de 11 de octubre de 2017, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla (publicada en BOJA núm. 206, de 26 de noviembre de 2017), por la que se aprobó definitivamente la «Modificación núm. 34 del PGOU, Adaptación Parcial a la LOUA, categorias de suelo no urbanizable en el municipio de Arahal, Sevilla, con aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento en sesión del día 26.7.2017, debiendo el Ayuntamiento proceder a la corrección en los términos expresados en el Fundamento de Derecho Cuarto, supeditando ello el registro y publicación del citado documento urbanístico».
El fallo de la sentencia recoge lo siguiente:
FALLAMOS
«Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Ecologistas en Acción-Sevilla contra la resolución citada en el Fundamento de Derecho primero de esta sentencia, declaramos la nulidad de dicha resolución.»
Con fecha 13.2.2020 se emite decreto de firmeza de la referida sentencia.
Vistos los artículos 118 de la Constitución Española; 17, apartado 2, de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; el artículo 23, 3, apartado a), de la Orden de 11 de junio de 2019,
HE RESUELTO
Disponer el cumplimiento y la publicación en BOJA del fallo de la sentencia firme dictada el 27 de noviembre de 2017, por la Sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dentro del Procedimiento Ordinario núm. 1002/2017.
Sevilla, 15 de junio de 2020.- La Delegada, Susana Rocío Cayuelas Porras.
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