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Con fecha 9 de marzo de 2020, el Delegado Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Almería, en el expediente de protección (DPAL)352-2009-00004831-1 y (DPAL)352-2020-00001160-1 (EQM2), referente a los menores J.L.C.F. y P.F.D., ha dictado resolución por la que se inicia procedimiento de desamparo y se declara la situación provisional de desamparo de los menores.
Por la presente se ordena la notificación de este acto a don José Luis Campoy Iniesta, al desconocerse el lugar en el que debe practicarse aquella o al no haberse podido practicar en el domicilio que consta en el expediente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se comunica a los padres o tutores de los menores que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 24.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de desamparo, tutela y guarda administrativa, disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a esta notificación, para aportar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.
Contra la medida provisional acordada podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes a los menores, podrán comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, Ctra. de Ronda, 226, 4.ª pta. (Bola Azul), para su completo conocimiento
Almería, 12 de junio de 2020.- El Delegado, Antonio José Jiménez Rosales.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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