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La Orden de 30 de diciembre de 2016 estableció las normas que rigen la convocatoria para solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación de los mismos, a partir del curso académico 2017/18, recogiéndose en su disposición adicional primera que para acogerse al régimen de conciertos educativos, o modificar o renovar el concierto suscrito con anterioridad, a partir de un curso distinto al que se refiere la citada orden y en el ámbito temporal de duración de los conciertos recogido en su artículo 15, se estará a lo dispuesto en ella, de acuerdo con el calendario que para cada curso establezca por resolución la Dirección General competente en materia de conciertos educativos y que, para el curso académico 2020/21, quedó establecido por Resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Planificación y Centros (BOJA núm. 239, del 13.12.2019).
Por su parte, el artículo 12.2 de dicha orden establece que la Dirección General de Planificación y Centros, una vez realizado el estudio de los expedientes de solicitud, elaborará la propuesta de resolución de la convocatoria, de la que se dará traslado a las Delegaciones Territoriales competentes en materia de educación para llevar a cabo el trámite de audiencia a las personas interesadas, previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el lugar donde se puede consultar dicha propuesta de resolución, así como el expediente de solicitud objeto de la misma, con el fin de poder formular las alegaciones que se estimen oportunas y el plazo para su presentación.
Por ello, en virtud de las competencias que me otorga el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, modificado por el Decreto 579/2019, de 15 de octubre,
HE RESUELTO
Primero. Dar traslado a las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la propuesta de resolución de la convocatoria para acogerse al régimen de conciertos educativos, o la renovación o modificación de los mismos, para el curso académico 2020/21, a fin de llevar a cabo el trámite de audiencia a las personas interesadas, previsto en los artículos 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 12.2 de la citada Orden de 30 de diciembre de 2016.
Segundo. Abrir un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que las personas interesadas puedan consultar en el Servicio de Planificación y Escolarización de la Delegación Territorial, en cuyo ámbito geográfico se halle ubicado el centro, la propuesta de resolución a la que se refiere el apartado anterior, así como la documentación integrante del expediente objeto de la misma, dando así cumplimiento al trámite de audiencia. En el mismo plazo, las personas interesadas podrán presentar las alegaciones que al respecto estimen oportunas en dicha Delegación Territorial o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar las alegaciones ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que las mismas sean fechadas y selladas por el funcionario o funcionaria correspondiente, antes de ser certificadas.
Sevilla, 26 de junio de 2020.- El Director General, José María Ayerbe Toledano.
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