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En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 30 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de la interesada que consta en el expediente, mediante el presente anuncio se hace pública la notificación de los laudos dictados, a las personas interesadas, en los procedimiento de arbitraje, en materia de transportes, que a continuación se indican:
Interesada como reclamada:
Expte.: JAT-CA-0053-2019.
Reclamada/Interesada: Fridial Logístico, S.L., con CIF núm. B21481338.
Municipio/interesada: Chiclana de la Frontera (Cádiz).
Extracto del laudo: Se estima la reclamación por impago de servicios, la interesada debe pagar 399,28 euros más intereses de demora.
Expte.: JAT-CA-0022-2016.
Reclamada/Interesada: Salvador Oneto Garrido con NIF núm. ***2911**.
Municipio/interesada: Palma de Mallorca (Baleares).
Extracto del laudo: Se estima la reclamación por impago de servicios, la interesada debe pagar 488,17 euros.
Dichos laudos se encuentran a disposición de las interesadas en la Junta Arbitral del Transporte de esta Delegación Territorial en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, núm. 6, en Cádiz, en donde podrá comparecer en el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado para el conocimiento íntegro del mismo. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se les dará por notificadas en el día de la publicación del presente anuncio.
Transcurridos veinte días desde la notificación de estos laudos a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente, conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y el artículo 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.5.º y 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje. La presente notificación se hace con carácter previo a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.
Cádiz, 3 de julio de 2020.- La Delegada, Mercedes Colombo Roquette.
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