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De conformidad con lo establecido en la base sexta, apartado 3, de la Resolución de 15 de enero de 2019, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se convoca y se aprueban las bases generales y las condiciones particulares que han de regir las bolsas de empleo para las coberturas temporales de puestos, y a propuesta de la Comisión de Selección, con base en las facultades que le han sido otorgadas en la base séptima de la citada convocatoria, esta Dirección Gerencia
R E S U E L V E
Primero. Aprobar la lista provisional de personas que conforman la bolsa de empleo, conforme al número máximo de integrantes recogido en las condiciones particulares de la bolsa, tras la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y una vez realizada la comprobación y corrección de las autobaremaciones de cada candidatura por la Comisión de Selección (Anexo I).
Segundo. Ordenar la publicación de la referida lista provisional de personas que conforman la bolsa de empleo en la página web de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia) así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. El listado provisional de personas que conforman la bolsa de empleo se publicará por orden de puntuación de las baremaciones, una vez han sido revisadas por la Comisión de Selección.
Igualmente se ha tenido en cuenta a la hora de confeccionar esta lista el cupo reservado para personas con discapacidad.
Cuarto. Las personas aspirantes podrán formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Dichas alegaciones deberán presentarse por escrito en cualquiera de los Registros de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y en el mismo día remitir dicha documentación escaneada con registro de entrada mediante correo electrónico enviado a la siguiente cuenta alegacionestsdrogodependencia.assda@juntadeandalucia.es, con indicación del centro de trabajo de referencia.
Quinto. Las alegaciones presentadas, que no tendrán carácter de recurso, serán estimadas o desestimadas mediante resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía por la que se declare aprobada la lista definitiva de personas que conforman la bolsa de empleo, conforme dispone la base 6.4.
Sexto. La presente resolución no admite recurso en contra por tratarse de un acto de mero trámite. De conformidad con lo establecido en el art. 112, párrafo 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la oposición al mismo podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Sevilla, 8 de julio de 2020.- El Director Gerente, Víctor Manuel Bellido Jiménez.
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