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Ignorándose el actual domicilio de las empresas «Tourline Express Estepona, Mensajería y Transportes Estepona, S.L.», Isabel Campos S.L.Junco Africano S.L.Luminosos Osorio S.L.Módulos Multijuegos S.L.Brunk Technology S.L. y Divingmar S.L., contra las que se han presentado solicitudes de arbitraje ante esta Junta, en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y dado que intentada la notificación en sus domicilios esta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el presente anuncio se notifica lo siguiente:
Admitidas a trámite las solicitudes de arbitraje de transporte, presentadas por las entidades que más adelante se indican, han sido designados como miembros de la Junta Arbitral de Transportes de Málaga que deben entender del asunto objeto del arbitraje:
Presidente: Don Salvador Blanco Martín. Suplente: Doña Raquel del Paso Reguera.
Vocal representante de Cámara de Comercio, Industria y Navegación: Don Enrique Nieves Ávila. Suplente: Don José María Gómez Petrel.
Vocal representante de las Empresas de Transportes de Mercancías (FETRAMA): Doña Susana Rojas Canalejo. Suplentes: Don Francisco Gaspar Jiménez y don Francisco Velasco Pedraza.
Secretario: Don Guillermo López Reche. Suplente: Doña María Josefa Porras Lobato.
Por medio de este anuncio se comunica a las partes la composición de la Junta Arbitral de Transportes, a efectos de recusación, en los términos del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 17 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y se procede a la notificación y señalamiento de los correspondientes actos de vista oral, convocados por el Presidente de la Junta Arbitral, que se celebrarán en la Sala de Juntas de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Málaga, sita en Plaza San Juan de la Cruz, núm. 2, de Málaga, en los días y horas que se indican:
Expediente JAT-MA-005-2018, el día 3 de septiembre de 2020, a las 9 horas y 50 minutos. Reclamante: Doña María José Gil Contreras. Reclamada: Tourline Express Estepona, Mensajería y Transportes Estepona, S.L.
Expediente JAT-MA-026-2018, el día 3 de septiembre de 2020, a las 11 horas y 30 minutos. Reclamante: Seur Geopost, S.L.U. Reclamada: Isabel Campos, S.L.
Expediente JAT-MA-014-2018, el día 10 de septiembre de 2020, a las 9 horas y 30 minutos. Reclamante: División de Transportes JL Pantoja, S.L.U. Reclamada: Junco Africano, S.L.
Expediente JAT-MA-027-2018, el día 10 de septiembre de 2020, a las 9 horas y 50 minutos. Reclamante: División de Transportes JL Pantoja, S.L.U. Reclamada: Luminosos Osorio, S.L.
Expediente JAT-MA-034-2018, el día 10 de septiembre de 2020, a las 10 horas y 50 minutos. Reclamante: Dachser Spain, S.A. Reclamada: Módulos Multijuegos, S.L.
Expediente JAT-MA-035-2018, el día 10 de septiembre de 2020, a las 11 horas y 10 minutos. Reclamante: Dachser Spain, S.A. Reclamada: Brunk Technology, S.L.
Expediente JAT-MA-038-2018, el día 10 de septiembre de 2020, a las 11 horas y 30 minutos. Reclamante: Dachser Spain, S.A. Reclamada: Divingmar, S.L.
En cumplimiento del art. 46 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, los interesados podrán comparecer hasta la fecha de celebración de la vista para conocimiento íntegro de la solicitud y demás documentación correspondiente al expediente antes mencionado, que obra en el Servicio de Transportes de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Málaga, Plaza San Juan de la Cruz, núm. 2 de Málaga, advirtiéndoles que deberán concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse. La inasistencia de la parte reclamada no impedirá la celebración de la vista y dictado del laudo.
Podrán comparecer por sí mismos o conferir su representación a un tercero mediante escrito dirigido a la Junta Arbitral de Transportes de Málaga. En los supuestos de persona jurídica deberán aportar copia de escritura de apoderamiento. En caso contrario, no se le tendrá como personado en la vista.
La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44, segundo párrafo, de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.
Málaga, 10 de julio de 2020.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.
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