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NIG: 4109142120180032445.
Procedimiento: Juicio Verbal (Res. contr. reserva dominio-250.1.11) 860/2018. Negociado: 4T.
(ID envío lexnet: 2018010211132211; fecha: 24.5.2018 19:50:47).
De: Banco Santander, S.A.
Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.
Letrado: Sr. Víctor Manuel Maldonado Martín.
Contra: Kartenbrot, S.L.U.
EDICTO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
Procedimiento: juicio verbal núm. 860/2018-4T.
Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla, sito en C/ Vermondo Resta, s/n, Edificio Viapol, portal B, planta 2.ª donde los Interesados podrán tener conocimiento íntegro de la Sentencia núm. 114/2020 de fecha 17.6.2020.
Personas o entidades a las que se dirige el presente edicto: Kartenbrot, S.L.U.
Plazo para interposición de recurso: podrá interponerse recurso de apelación. El recurso deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a su notificación (ex artículo 458.1 LEC en su redacción dada por la Ley 37/2001, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, en relación con la disposición transitoria única de esta última), o en su caso, al de la notificación de su aclaración o denegación de ésta. Asimismo, al tiempo de la notificación hágase saber a las partes que para la admisión del recurso previamente deberá consignarse la cantidad de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.
En Sevilla, a diecisiete de junio de dos mil veinte.- El Letrado de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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