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De conformidad con el artículo 44 del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, la tasa fiscal sobre las máquinas recreativas y de azar será exigible trimestralmente y se devengará los días 1 de enero, 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre de cada año en cuanto a las autorizadas en trimestres anteriores, habiéndose por tanto devengado el 1 de julio de 2020 la tasa correspondiente al tercer trimestre (1 de julio a 30 de septiembre).
El artículo 59.1 del citado texto legal dispone que, con carácter previo a la expedición de las liquidaciones de las cuotas trimestrales correspondientes a las autorizaciones de explotación vigentes a la fecha del devengo en el registro de matrículas de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas, se publicarán en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía los datos de dicho registro, con efectos meramente informativos, habilitando un plazo de diez días naturales para la realización de alegaciones por las personas interesadas, que se deberán dirigir al Servicio de Gestión de la Gerencia Provincial correspondiente.
No obstante, dicha publicación se realizará en en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la creación de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía, en aplicación de la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido citado.
Por todo lo dicho, con carácter previo a la expedición de las liquidaciones de la tasa correspondiente al tercer trimestre de 2020, se publican mediante el presente anuncio los datos del registro de matrículas de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas vigentes a 1 de julio de 2020, y se concede el plazo legal de diez días naturales a partir del siguiente a la fecha de su publicación en BOJA, para la realización de alegaciones por las personas interesadas.
Se pone a su vez en conocimiento de las personas interesadas que podrán obtener asimismo dicha información, relativa a la empresa operadora que representen, a través de la web de la Agencia Tributaria de Andalucía en el siguiente enlace, para lo que deberán acceder mediante certificado digital que acredite su identidad en su condición de titular de la explotación o, en su caso, como representante de la persona jurídica titular de la misma:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/consulta-censo-de-maquinas
Sevilla, 14 de julio de 2020.- El Director, Domingo José Moreno Machuca.
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