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ANTECEDENTES
El Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero (BOJA número 29, de 12 de febrero de 2019), por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías atribuye en su artículo 3 a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, la Coordinación de Políticas Migratorias.
Por otro lado la disposición adicional quinta del Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía y la base séptima en su apartado 3, del Anexo I de la Orden de 2 de diciembre de 2005, modificada por la Orden de 24 de septiembre de 2013, por la que se aprueban las bases del proceso de selección de los vocales de los Foros Provinciales de la inmigración en representación de las entidades sin fines lucrativos de inmigrantes y pro inmigrantes, atribuye a la persona titular del órgano directivo periférico de la Consejería competente en materia de Coordinación de Políticas Migratorias, la resolución de forma motivada de la designación de las entidades seleccionadas como miembros del Foro Provincial.
El Decreto 202/2005, de 27 de septiembre (BOJA número 214, de 3 de noviembre), por el que se crean y regulan los Foros Provinciales de la Inmigración, establece en su artículo 7 que la selección de los vocales que deben formar parte de los citados Foros Provinciales en representación de las entidades sin ánimo de lucro de inmigrantes y pro inmigrantes se realizará mediante convocatoria pública y de acuerdo con criterios objetivos.
La Orden de 24 de septiembre de 2013, por la que se modifica la Orden de 2 de diciembre de 2005, aprueba las bases del proceso de selección de los vocales de los Foros Provinciales de la Inmigración en representación de las entidades sin ánimo de lucro de inmigrantes y pro inmigrantes, establece en su disposición adicional segunda que corresponde a la persona titular del órgano directivo periférico de la Consejería competente en materia de coordinación de Políticas Migratorias, la competencia para las sucesivas convocatorias.
Mediante Resolución de 2 de julio de 2018, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla (BOJA número 130, de 6 de julio de 2018), se procedió a la convocatoria del proceso de selección de las vocalías en representación de las entidades sin ánimo de lucro de inmigrantes y pro inmigrantes.
Una vez examinadas las solicitudes recibidas y a la vista de la puntuación obtenida por cada una de ellas, conforme a la aplicación de los criterios establecidos en la base sexta del Anexo I de la Orden de 2 de diciembre de 2005, modificada por la Orden de 24 de septiembre de 2013, la Comisión de Valoración, prevista en la base quinta del mismo cuerpo legal, formuló la correspondiente propuesta provisional en fecha 8 de noviembre de 2019. Mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019 la mencionada propuesta fue publicada en el tablón de anuncios de la página web de la Consejería de Turismo Regeneración, Justicia y Administración Local.
No habiéndose presentado alegaciones y recibidas las aceptaciones de las entidades propuestas, en fecha 3 de diciembre de 2019 la Comisión de Valoración elevó a definitiva la propuesta provisional efectuada.
En fecha 23 de diciembre de 2019 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Resolución de 10 de diciembre de 2019 de esta Delegación Territorial concediendo un plazo de 10 días hábiles a la entidades seleccionadas para que propusiesen las personas (titular y suplente) que les representarán en el Foro Provincial.
Por otro lado, se recibieron las propuestas del resto de entidades y organizaciones representadas en el Foro Provincial de la Inmigración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 202/2005, de 27 de septiembre.
En virtud de todo ello,
RESUELVO
Primero. Nombrar como vocales del Foro Provincial de la Inmigración en la provincia de Sevilla, en representación de las entidades pro inmigrantes, a las siguientes personas en representación de las entidades que se indican:
- Fundación CEPAIM Acción Integral con migrantes.
Vocal titular: Don Juan Manuel Núñez Velázquez.
Vocal suplente: Doña Saloua Bouzid Bouzid.
- ACCEM.
Vocal titular: Don José Manuel Guijarro Jurado.
Vocal suplente: Don Agustín Vázquez Pérez.
-Fundación Sevilla Acoge.
Vocal titular: Doña Rosángela Paschoeto González.
Vocal suplente: Don Manuel Vicente Sánchez Elías.
Segundo. No nombrar vocales en representación de las entidades de inmigrantes, al no haberse presentado solicitudes.
Tercero. En representación de las Entidades Locales Andaluzas, nombrar a las siguientes personas:
En representación de la provincia de Sevilla:
Vocal titular: Doña Rocío Sutil Domínguez (Diputada de la Diputación de Sevilla).
Vocal suplente: Don Javier Guzmán Cuevas (Director de Área de la Diputación de Sevilla).
En representación de municipios:
Vocal titular: Don José Benito Barroso Sánchez (Alcalde de Lebrija -Sevilla-).
Vocal suplente: Doña María Labrador González (Concejala del Ayuntamiento de Lebrija -Sevilla-).
Vocal titular: Don José Luis García Martín (Concejal del Ayuntamiento de Sevilla)
Vocal suplente: Doña María Luisa Moya Tejera (Concejala del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache -Sevilla-).
Cuarto. En representación de las organizaciones sindicales más representativas al nivel de la Comunidad Autónoma de Andalucía, nombrar a las siguientes personas:
Comisiones Obreras (CC.OO.):
Vocal titular: Doña Carmen Araujo Gómez.
Vocal suplente: Doña Eva Martínez Cabana.
Unión General de Trabajadores (UGT):
Vocal titular: Doña Marta Bracho Núñez.
Vocal suplente: Don Antonio Ortiz Serrano.
Quinto. En representación de las organizaciones empresariales más representativas, una de ellas encuadrada en la actividad agrícola, nombrar a las siguientes personas:
Vocal titular: Don Antonio Manuel Jurado Cabezas.
Vocal suplente: Doña María del Águila Aragón Sánchez.
Vocal titular: Don Felipe Gayoso Pabón.
Vocal suplente: Doña Mercedes Adalid Luca de Tena.
Sexto. Actuará como titular de la Secretaría, con voz pero sin voto, la persona funcionaria de esta Delegación Territorial que ocupe el puesto de Asesoría Técnica en Políticas Migratorias.
Séptimo. La Presidencia, Vicepresidencia y las Vocalías en representación de las Administraciones Públicas, corresponderán a las personas titulares que ocupen los puestos a los que alude los artículos 5, 6 y 7.1.a) y b) 1.º y 2.º del Decreto 202/2005, de 27 de septiembre, modificado por el Decreto 284/2011, de 4 de octubre, por el que se crea y regula los Foros Provinciales de la Inmigración.
Octavo. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación referida, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 13 de enero de 2020.- El Delegado, Francisco Javier Millán de Cózar.
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