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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifica los siguientes Laudos a los interesados indicados a continuación.
Dichos laudos se encuentran a su disposición en la sede de la Junta Arbitral del Transporte, de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, sita en calle Tomás de Aquino, 1-9.ª planta, de Córdoba, en donde podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el boletín oficial del estado, para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado laudo y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se le dará por notificado en el día de la publicación del presente anuncio.
Expediente: CO-81/19-JAT.
Reclamado: Tienda de Calidad, S.L. CIF: B14394076R.
Domicilio: Avda. de América, 21, bajo 1.
Municipio: 14008-Córdoba-Córdoba.
Reclamante: Seur Geopost, S.L.U. CIF: B82516600.
Extracto del Laudo: Se condena al reclamado, a abonar a la mercantil Seur Geopost, S.L.U., la cantidad de 14.774,05 €.
Transcurridos veinte días desde la notificación de estos Laudos a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba , conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra estos laudos puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con los previsto en los artículos 8.5.º y 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo, podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.
Córdoba, 31 de julio de 2020.- La Delegada, Cristina Casanueva Jiménez.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en los arts. 44 y 45 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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