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BDNS (Identif.): 518176
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva, subvenciones para la rehabilitación residencial en el Área de Rehabilitación Integral «El Palomar-Los Ángeles» en Sanlúcar de Barrameda, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación residencial en las Áreas de Rehabilitación Integral, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz, aprobadas mediante Orden de 15 de mayo de 2019 (en adelante, bases reguladoras), que se componen del texto que se inserta como Anexo I en dicha orden.
Tercero. Destinatarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las comunidades de propietarios que cumplan los requisitos regulados en la base tercera de las bases reguladoras.
Cuarto. Objeto.
Las subvenciones para la rehabilitación residencial en las Áreas de Rehabilitación Integral, en el marco de la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz, tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva con deficiencias en sus condiciones básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que, incluidas entre las relacionadas en la base quinta de las bases reguladoras, resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y calidad ambiental.
Quinto. Importe.
La concesión de las subvenciones se financiará con cargo a la partida presupuestaria de gasto 1700170000 G/43A/78400/00 A1981054F0 2019000128, incluida en la categoría de gastos «A1981054F0 Infraestructura de Vivienda», correspondiente al Objetivo Específico 9.8.1. «Apoyo a la regeneración física, económica y social de las comunidades de las zonas urbanas y rurales desfavorecidas» del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de Andalucía 2014-2020.
La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 5 de marzo de 2020, asciende a 2.324.896,01 euros, de acuerdo con el siguiente desglose de anualidades, estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes:
2020 | 2021 | Total |
1.162.448,00 | 1.162.448,01 | 2.324.896,01 |
Las comunidades de propietarios solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras podrán ser beneficiarias de una subvención de cuantía equivalente al 100 por ciento del presupuesto protegible de la actuación hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda. En determinadas condiciones establecidas en las bases reguladoras, la subvención podrá alcanzar el máximo de 20.000 euros.
Teniendo en cuenta la cuantía total máxima de la convocatoria y el coste estimado de las actuaciones a subvencionar, se estima que se financiarán actuaciones sobre un total de 258 viviendas con una subvención media estimada por vivienda de 9.000 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 4 de agosto de 2020
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA | |
Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio |