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BDNS: 518733
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2020 las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del sector comercial andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA), al amparo de la Orden de 20 de octubre de 2016, financiándose con los créditos asignados específicamente en el presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, dentro del programa presupuestario 76 A «Ordenación y Promoción Comercial» con cargo a la partida presupuestaria 2020 1400010000 G/76A/ 78403/0001, proyecto de inversión 2001000602, por las cuantías totales máximas para cada anualidad que se indican a continuación:
Modalidad | Anualidad 2020 | Anualidad 2021 | Total |
Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas no promotoras de Centros Comerciales Abiertos. | 425.000 | 425.000 | 850.000 |
Asociaciones, promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos. | 825.000 | 825.000 | 1.650.000 |
1.250.000 | 1.250.000 | 2.500.000 |
2. La distribución del crédito entre los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad queda del siguiente modo:
a) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas no promotoras de Centros Comerciales Abiertos. Se distribuye entre los distintos ámbitos funcionales del siguiente modo:
1.º Ámbito funcional de competitividad: asociaciones de ámbito provincial:
ANUALIDAD | CUANTÍA MÁXIMA | ASOCIACIONES DE ÁMBITO PROVINCIAL | |||||||
ALMERÍA | CÁDIZ | CÓRDOBA | GRANADA | HUELVA | JAÉN | MÁLAGA | SEVILLA | ||
2020 | 125.000 | 11.503 | 12.341 | 14.396 | 16.562 | 18.608 | 14.892 | 18.837 | 17.861 |
2021 | 125.000 | 11.503 | 12.341 | 14.396 | 16.562 | 18.608 | 14.892 | 18.837 | 17.861 |
TOTAL | 250.000 | 23.006 | 24.682 | 28.792 | 33.124 | 37.216 | 29.784 | 37.674 | 35.722 |
2.º Ámbito funcional de competitividad: asociaciones de ámbito local:
ANUALIDAD | CUANTÍA MÁXIMA | ASOCIACIONES DE ÁMBITO LOCAL | |||||||
ALMERÍA | CÁDIZ | CÓRDOBA | GRANADA | HUELVA | JAÉN | MÁLAGA | SEVILLA | ||
2020 | 225.000 | 20.705 | 22.214 | 25.912 | 29.812 | 33.495 | 26.806 | 33.906 | 32.150 |
2021 | 225.000 | 20.705 | 22.214 | 25.912 | 29.812 | 33.495 | 26.806 | 33.906 | 32.150 |
TOTAL | 450.000 | 41.410 | 44.428 | 51.824 | 59.624 | 66.990 | 53.612 | 67.812 | 64.300 |
3.º Ámbito funcional de competitividad: asociaciones de ámbito regional:
ASOCIACIONES DE ÁMBITO REGIONAL | |
ANUALIDAD | CUANTÍA MÁXIMA |
2020 | 75.000 |
2021 | 75.000 |
TOTAL | 150.000 |
b) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos. La distribución del crédito se realiza en atención al número de Centros Comerciales abiertos con reconocimiento por parte de la Administración de la Junta de Andalucía a la fecha de la convocatoria:
ANUALIDAD | CUANTÍA MÁXIMA | ASOCIACIONES PROMOTORAS DE CCA | |||||||
ALMERÍA | CÁDIZ | CÓRDOBA | GRANADA | HUELVA | JAÉN | MÁLAGA | SEVILLA | ||
2020 | 825.000 | 86.842 | 130.262 | 173.684 | 65.132 | 65.132 | 108.553 | 173.684 | 21.711 |
2021 | 825.000 | 86.842 | 130.262 | 173.684 | 65.132 | 65.132 | 108.553 | 173.684 | 21.711 |
TOTAL | 1.650.000 | 173.684 | 260.524 | 347.368 | 130.264 | 130.264 | 217.106 | 347.368 | 43.422 |
Segundo. Beneficiarios.
Pueden participar en esta convocatoria las siguientes entidades:
a) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas sin ánimo de lucro domiciliadas en Andalucía no promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos o en proyecto, las cuales se clasificarán a efectos de competencia según su ámbito regional, provincial y local.
b) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas sin ánimo de lucro domiciliadas en Andalucía, promotoras de Centros Comerciales Abiertos que hayan obtenido el reconocimiento oficial como Centro Comercial Abierto de Andalucía conforme al procedimiento establecido en la Orden de 7 de mayo de 2010, por la que se establece el procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía (BOJA núm. 96, de 19 de mayo de 2010).
Tercero. Objeto
Las subvenciones tienen por objeto impulsar la actividad de las asociaciones de comerciantes a fin de aumentar las competitividad de las pymes que las integran, así como potenciar el comercio urbano particularmente mediante el apoyo y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos en la realización de actuaciones que contribuyan a su modernización y revitalización.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 20 de octubre de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA). (BOJA núm. 206, de 26 de octubre de 2016).
Quinto. Cuantía.
El importe máximo subvencionable para los proyectos de modalidad 1 asciende a 57.000 € por entidad y a 80.000 € para la modalidad 2.
Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 3 de agosto de 2020.-El Consejero, P.D. (Orden de 20.10.2016, BOJA núm. 206, de 26.10.2016), la Directora General de Comercio, P.S. (Orden de suplencia de 23.6.2020), el Secretario General de Empresas, Innovación y Emprendimiento, Manuel Ortigosa Brun.
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