Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 14/08/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 3 de julio de 2020, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Stella Maris» y Stella Maris-Puerto de Roquetas de Mar (Almería), así como la nueva denominación específica de Bajo el Mar; y Bajo el Mar 2, respectivamente. (PP. 1432/2020).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Tamara Alonso López, como representante de Guarderías Bajo el Mar, S.L., entidad titular de los centros de educación infantil «Stella Maris» y Stella Maris-Puerto de Roquetas de Mar (Almería), en solicitud de cambio de titularidad a su favor y nueva denominación específica para los mismos.

Resultando que los citados centros tienen autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo de educación infantil con 35 puestos escolares, por Orden de 8 de noviembre de 2006 (BOJA de 5 de diciembre), y 5 unidades de primer ciclo de educación infantil con 64 puestos escolares, por Orden de 29 de agosto de 2008 (BOJA de 10 de octubre), respectivamente.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros de educación infantil «Stella Maris» y Stella Maris-Puerto a favor de C.E.I. Guardería Stella Maris, S.L.

Resultando que C.E.I. Guardería Stella Maris, S.L., mediante escritura de cesión otorgada ante don Enrique López Monzó, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de Guarderías Bajo el Mar, S.L., que la acepta.

Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Stella Maris», con código 04008091 y domicilio en C/ Juan Antonio Samaranch, 5, de Roquetas de Mar (Almería), y Stella Maris-Puerto, con código 04009332 y domicilio en C/ José Amat Benavides, 25, de Roquetas de Mar (Almería), que, en lo sucesivo, la ostentará Guarderías Bajo el Mar, S.L., que, como entidad cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se les reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquellas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el resultando primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Segundo. Autorizar el cambio de denominación específica del centro de educación infantil «Stella Maris», que pasa a denominarse Bajo el Mar.

Tercero. Autorizar el cambio de denominación específica del centro de educación infantil «Stella Maris-Puerto», que pasa a denominarse Bajo el Mar 2.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de julio de 2020

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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