Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 163 de 24/08/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 22 de julio de 2020, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan pruebas para la obtención y renovación de los certificados de personas Consejeras de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, y se determina la composición del Tribunal Calificador, así como la fecha, horarios y lugar de celebración de las pruebas para 2020.

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El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero (BOE de 27 de febrero), en relación con la Directiva 2008/68/CE en lo que afecta al transporte por carretera, determina que las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, al menos, una persona Consejera de Seguridad.

Asimismo se establece en el art. 26 del indicado real decreto que para poder ejercer sus funciones, la persona Consejera de Seguridad, deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que le corresponden, y sobre las materias recogidas en el anexo de dicho real decreto.

De otra parte, la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero (BOE de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de las personas Consejeras de Seguridad, establece las modalidades y la estructura de estos exámenes, así como el modelo de certificado de formación que deberá expedirse una vez superados los mismos. Queda asimismo regulada la renovación de los certificados a través de la superación por su titular de una prueba de control en el último año anterior a la expiración de la validez del certificado.

En dicha norma se prevé, a su vez, que las convocatorias se formalizarán por las Comunidades Autónomas con periodicidad mínima anual, indicándose necesariamente el plazo de presentación de instancias y cuantos requisitos sean necesarios para la realización de las pruebas.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Convocar pruebas para la obtención y renovación de los certificados de personas Consejeras de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Las personas candidatas deberán superar un examen y podrán optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades, o de forma separada para una de las especialidades siguientes:

- Clase 1 (materias y objetos explosivos).

- Clase 2 (gases).

- Clase 7 (materias radiactivas).

- Clases, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR).

- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).

Segundo. Normas generales para la realización de los exámenes.

La realización de los exámenes se ajustará a las siguientes bases:

Base primera. Contenido de los exámenes de obtención del certificado:

Los exámenes constarán de dos pruebas:

Una primera, en la que no se permitirá la consulta de textos, que consistirá, en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a las personas Consejeras de Seguridad de la normativa sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Una segunda prueba, que consistirá, en la realización de un caso práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por la persona Consejera de Seguridad, en la que se permitirá la consulta de textos, siempre que no incluyan la resolución a los supuestos.

Dichas pruebas se realizarán conforme al Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), en vigor.

El tiempo máximo de que dispondrán las personas aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de una hora, sin que pueda abandonarse el aula hasta la finalización de ambos ejercicios.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando la persona examinada obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

No se superará el caso práctico cuando se identifique incorrectamente el número ONU de la materia correspondiente.

Base segunda. Contenido de las pruebas para la renovación del certificado.

La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá en un examen, en el que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a las personas Consejeras de Seguridad de la normativa sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.

El tiempo máximo de que dispondrán las personas aspirantes para la realización de la prueba será de una hora.

Quienes soliciten la renovación del certificado podrán, igualmente, presentarse a las pruebas para la obtención de certificado por primera vez en otra especialidad. Ambas pruebas, obtención y renovación del certificado, se realizarán separadas horariamente (base sexta).

Únicamente podrá solicitarse la renovación en relación a un solo certificado y especialidad documentada en el mismo.

Atendiendo al día previsto de realización de los ejercicios, la fecha de validez de los certificados a renovar deberá estar comprendida entre el 14 de noviembre de 2020 y el 14 de noviembre de 2021.

Base tercera. Solicitudes. Pago de la tasa y plazo de presentación.

1. El pago de la tasa y la presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoria y únicamente de forma telemática y en el mismo acto, por aplicación del artículo 56 de la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, a través de la dirección web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en Servicios al Transportista, Consejeros de Seguridad.

Para realizar los trámites telemáticos de pago de la tasa y de presentación de la solicitud, en el mismo acto, los aspirantes deberán disponer de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 183/2003, de 24 de junio (BOJA núm. 134, de 15 de julio).

2. El importe de la tasa para 2020 es de 21,19 euros, que se deberá abonar para cada una de las modalidades solicitadas (resuelto-primero). Al ser un procedimiento integrado (pago de tasa y presentación), se obtendrá una bonificación automática de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar, de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, y posterior modificación mediante la Ley 3/2019 de 22.7, de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019.

Se entenderá presentada correctamente la solicitud, cuando la persona solicitante, haya abonado la tasa y presentado la solicitud de forma telemática, obteniendo como resultado y en un único documento, el modelo de pago 046 con el código de verificación, y la solicitud firmada y con número de registro de entrada (información visualizada en el pie de la solicitud -pág. 1-).

3. El plazo de que dispondrán los aspirantes para la presentación de solicitudes será del 14 de septiembre al 13 de octubre de 2020.

4. A los aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de personas admitidas, de excluidas y de aprobadas.

La organización de las pruebas se llevará a cabo por las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Granada y de Sevilla.

5. Si el trámite no se ha realizado en su totalidad (pago de la tasa y presentación de la solicitud de forma telemática), dará lugar a la exclusión de la persona aspirante.

Base cuarta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Granada y de Sevilla dictarán la resolución declarando aprobada para cada una de las especialidades convocadas la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa que motiva su exclusión; dicha resolución se hará pública en la página Web de la Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de personas admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal resolución en la página Web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, para subsanar el defecto observado, ante el Tribunal de la provincia de examen (base quinta).

Una vez finalizado el plazo para subsanar, las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Granada y de Sevilla, dictarán resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y de excluidas, con indicación de la causa que motiva la exclusión y se hará pública en la página Web de la Consejería Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio.

Base quinta. Tribunal Calificador.

PROVINCIA DE GRANADA

TRIBUNAL TITULAR

Presidente/a: D. Norberto Navarro Cuesta.

Secretario/a: D. Guillermo Esteban García.

Vocales: D. Francisco Barrales León.

D. Juan Manuel Rodríguez Lupiáñez.

D. Carlos Díez Baro.

TRIBUNAL SUPLENTE

Presidente/a: D. Jesús Bullejos Santisteban.

Secretario/a: D. Francisco Barrales León.

Vocales: D.ª Inmaculada Jiménez Palma.

D. Luis Martínez Martínez.

D.ª María José Ortega Ocaña.

Sede Tribunal Granada: Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico (Servicio de Transportes, calle Joaquina de Eguaras, núm. 2, 3.ª planta 18013 - Granada).

PROVINCIA DE SEVILLA

TRIBUNAL TITULAR

Presidente/a: D.ª Luz María Romero García.

Secretario/a: D. Juan Carlos Parrilla Cobos.

Vocales: D. Antonio Rosa Félix.

D.ª María Teresa Chávez Serrano.

D. Francisco Javier Jiménez Horgue.

TRIBUNAL SUPLENTE

Presidente/a: D. José Suárez Plácido.

Secretario/a: D.ª Auxiliadora Núñez Pérez.

Vocales: D.ª María Dolores Arriaza Barrera.

D.ª María Jesús Ramos Juan.

D.ª Ana María Conde Díaz.

Sede Tribunal Sevilla: Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico (Servicio de Transportes, Plaza de San Andrés, núms. 2 y 4, 41003 - Sevilla).

Base sexta. Fecha y horarios de los ejercicios.

Fecha: Sábado, 14 de noviembre de 2020.

Horas de celebración:

De 9:00 h. a 10:00 h. Renovación del certificado.

De 10:30 h. a 12:30 h. Obtención del certificado.

Base séptima. Lugar de celebración de los ejercicios.

Granada: Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada.

Calle Severo Ochoa, s/n, Campus Universitario de Fuente Nueva.

Sevilla: Facultad de Matemáticas de la Universidad de Sevilla.

Avda. Reina Mercedes, s/n.

Base octava. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.

Las personas aspirantes admitidas deberán concurrir a las pruebas provistas de:

- Documento oficial con fotografía en vigor acreditativo de su identidad (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión de la persona aspirante a la realización de aquéllas.

- Varios bolígrafos de color azul o negro, para evitar compartir material.

- Mascarilla quirúrgica o de protección.

Igualmente observarán las medidas de movilidad, prevención y protección indicadas en el lugar examen, según la evolución de la pandemia por Coronavid-19 , determinadas por la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19) -BOJA Extraordinario núm. 39 de 19 de junio de 2020-, una vez superado el estado de alarma, la Orden de 14 de julio de 2020, sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus (COVID-19) -BOJA Extraordinario núm. 45 de 14 de julio de 2020-, y demás normas en vigor.

Base novena. Listas de personas aspirantes declaradas aptas y plazo de reclamaciones.

Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales Calificadores dictarán resolución por la que se declararán aptos a las personas aspirantes que las hubieren superado, cuya relación se hará pública en la página web de la Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Las personas aspirantes no incluidas en dicha relación, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal resolución en la página web indicada, para solicitar la revisión de su examen. El lugar de presentación de dicha solicitud, será en la sede del Tribunal de la provincia de examen de la persona solicitante, indicada en la base quinta.

Una vez resueltas las reclamaciones, los Tribunales publicarán la lista definitiva de personas aspirantes aptas, en la web de la Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Contra la resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de personas aspirantes aptas, se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base décima. Expedición de los certificados de personas Consejeras de Seguridad.

Tras la publicación de la lista definitiva de personas aspirantes declaradas aptas en las pruebas, la Dirección General de Movilidad, en un plazo máximo de tres meses, contados desde el día de la celebración de los ejercicios, procederá inclusión de las personas aspirantes aptas en el Registro de empresas y actividades del transporte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y a la expedición de los correspondientes certificados de personas Consejeras de Seguridad. Para la recogida de dichos certificados, las personas interesadas, se dirigirán a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de la provincia correspondiente al domicilio indicado en la solicitud de participación en las pruebas. Para los interesados que residan fuera de Andalucía, se remitirá directamente por la Dirección General de Movilidad, al domicilio indicado en la solicitud. En todos los casos se deberá abonar previamente la tasa de expedición del título, mediante modelo 046, con importe para el año 2020, de 21,19 € (o bien la cantidad estipulada en la Ley de Presupuestos para 2021), si bien de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza y la Ley 3/2019 de 22.7, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, si el abono de la autoliquidación se realiza por medios electrónicos (telepago), se obtendrá una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar, siempre que seleccione la mencionada «bonificación» en el documento de pago 046.

Tercero. Impugnación de la convocatoria de las pruebas.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Contra las resoluciones del Tribunal únicamente cabrán los recursos administrativos regulados en los referidos textos legales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 22 de julio de 2020.- El Director General, Mario Muñoz-Atanet Sánchez.

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