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BDNS (Identif.): 519595.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a los miembros de la red de comunidades andaluzas en el exterior, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican:
POSICIÓN PRESUPUESTARIA | DENOMINACIÓN |
0100010000-G/82 A/487.01/00.01 | A familias e instituciones sin fines de lucro. Promoción |
Importe máximo de 100.000 euros.
Segundo. Beneficiarios.
Asociaciones, coordinadoras y federaciones de comunidades andaluzas en el exterior, reconocidas por la Junta de Andalucía e inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas (ROCA) y las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas que realicen acciones dirigidas a promocionar o difundir la cultura andaluza, en colaboración con las comunidades andaluzas y en apoyo de éstas.
Tercero. Objeto.
La finalidad prevista es el sostenimiento de actividades de promoción cultural.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 29 de mayo de 2020 (BOJA núm. 105, de 3.6.2020) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a acciones culturales y actividades dirigidas a los descendientes de los andaluces y andaluzas afectados por procesos de inmersión lingüística, que promuevan el mantenimiento, promoción y difusión de sus raíces culturales y lingüísticas, realizadas por comunidades andaluzas y sus federaciones, asentadas en el exterior.
Quinto. Cuantía.
La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van dirigidas las ayudas. La cuantía máxima subvencionada será de 100.000 euros, ampliable en los términos establecidos en la orden de convocatoria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria correspondiente al ejercicio 2020 será de veinte días hábiles (cinco días adicionales si la entidad está radicada en el extranjero), que comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA, junto con la convocatoria.
ELÍAS BENDODO BENASAYAG | |
Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior |