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Habiendo tenido entrada en esta Delegación Territorial de Málaga, en fecha 27.1.2020, solicitud de Declaración de Adecuación para el Acogimiento familiar permanente en familia extensa de DNI 44589667G, con el fin de proceder a la tramitación de dicha solicitud, se deberá proceder, en el plazo de diez días hábiles contado desde el siguiente a la notificación de este requerimiento, a aportar la documentación que a continuación se indica, recogida en el art. 17.2 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, bajo apercibimiento de que, caso de no subsanar las deficiencias observadas en dicho plazo, se le/s tendrá por desistido/s de su solicitud y se procederá al archivo de la misma:
- Acreditación de la vida laboral mediante informe del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración.
- Fotocopia de la declaración sobre IRPF en su defecto, certificado de haberes anuales brutos y relación documentada de bienes patrimoniales o declaración jurada de los mismos.
- Certificado Médico del solicitante.
- Partida de nacimiento del solicitante.
Habiendo sido imposible la notificación en domicilio establecido a efecto de notificaciones, y en virtud de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado».
Málaga, 3 de septiembre de 2020.- La Delegada, María de las Mercedes García Paine.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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