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Se notifica a los interesados que con relación al procedimiento de Declaración de Idoneidad para Adopción Internacional núm. (DPMA)357-2017-00000640-4 iniciado por DNI 26219474A y DNI 25078868J, encontrándose el mismo paralizado por inactividad de parte interesada, se le requiere a fin de que reanude o desista de su solicitud. Se comunica que en cumplimiento art. 95.1 de la citada Ley 39/2015 «en los procesos iniciados a solicitud del interesado cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, se advierte que transcurridos tres meses se producirá la caducidad del mismo. Transcurrido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para la continuación del procedimiento, la Administración acordará el archivo de las actuaciones. Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes».
Habiendo sido imposible la notificación en domicilio establecido a efecto de notificaciones y en virtud de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado”».
Málaga, 3 de septiembre.- La Delegada, María de las Mercedes García Paine.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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