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La Oficina Comarcal de Ronda va a proceder a emitir resolución por la que se declara la Inactivación de la explotación ganadera de Pequeños Rumiantes. Se comunica que intentada la notificación del siguiente expediente, ésta no se ha podido llevar a cabo.
Por consiguiente, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 82.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuenta con un plazo de 15 días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes en defensa de sus intereses. Transcurrido este plazo sin aportar alegaciones o documentos nuevos, se tendrá por realizado el trámite.
Interesado: X9010098D.
Expediente: 056MA241.
Málaga, 14 de septiembre de 2020.- El Delegado, Fernando Fernández Tapia-Ruano.
«La presente notificación se hace al amparo de los dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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