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Por Decreto 29/2006, de 7 de febrero, se desarrollan medidas de transparencia previstas en la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía.
En los artículos 7 y 8 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, Reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, se establece la obligación de publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, tanto la adjudicación de contratos de publicidad institucional superiores a 30.000 euros, así como las ayudas, subvenciones y convenios que por importe superior a 30.000 euros, sean concedidos o celebrados por la Administración de la Junta de Andalucía.
En virtud de lo expuesto,
DISPONGO
Primero. Hacer público, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de los artículos 7 y 8 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, que en el ámbito de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local no se ha producido adjudicación alguna de contratos de publicidad institucional y de ayudas, subvenciones y convenios en materia de actividad publicitaria, celebrados con medios de comunicación, agencias o empresas del sector en materia de actividad publicitaria durante el segundo cuatrimestre de 2020, por importe superior a 30.000 euros.
Segundo. Que conforme se señala en los artículos 2, 4 y 6 del Decreto 29/2006, de 7 de febrero, corresponde a cada uno de los entes adscritos a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, dar cumplimiento a las obligaciones que para los mismos se establecen en la Ley 6/2005, de 8 de abril y en el referido reglamento.
Sevilla, 14 de septiembre de 2020.- El Secretario General Técnico, Antonio Morilla Frías.
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