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De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Orden de 29 de junio de 2018, por la que se desarrolla el Decreto 15/1999, de 2 de febrero, por el que se regula el uso, la participación y la gestión de la Red de Residencias de Tiempo Libre pertenecientes a la Administración de la Junta de Andalucía, el plazo de presentación de solicitudes será el señalado por la resolución que, anualmente, publique la Dirección General con competencia en materia de Tiempo Libre para determinar las temporadas y turnos.
Conforme a lo anterior, la presente resolución se publica con objeto de determinar el plazo y la forma de presentación de solicitudes de estancia en la Residencia de Tiempo Libre de Pradollano (Granada), para la temporada 2020/2021, de acuerdo con la temporada alta de nieve previamente establecida para este ejercicio.
En virtud de lo anterior, y de las competencias atribuidas en la gestión de programas de tiempo libre por el artículo 8.2.b del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, modificado por el Decreto 115/2020, de 8 de septiembre; así como el artículo 10 y la disposición final primera de la Orden de 29 de junio de 2018, esta Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral
RESUELVE
Primero. Temporada alta de nieve 2020/2021.
La temporada alta de nieve 2020/2021 de la Residencia de Tiempo Libre de Pradollano (Granada) es la detallada en el Anexo III de la Resolución de 10 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se actualizan los modelos de solicitud de estancia en las Residencias que componen la Red de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía y se determinan las temporadas, turnos y plazo de solicitud de estancia para el año 2020, con la siguiente modificación:
Turno Navidad: Entrada (flexible) 22 o 23 de diciembre, salida 26 de diciembre.
Turno Fin de Año: Entrada (flexible) 28 o 29 de diciembre, salida 2 de enero.
Turno Reyes: Entrada 3 de enero, salida (flexible) 6 o 7 de enero.
Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes podrán obtenerse a través de un formulario electrónico habilitado para ello en la página web de Tiempo Libre, disponible en el siguiente enlace: http://www.juntadeandalucia.es/empleo/wrtl/Pagina.do?id=SOLICITUDES
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de solicitud de estancia en la Residencia de Tiempo Libre de Pradollano (Granada), temporada 2020/2021, se iniciará el 1 de octubre de 2020, permaneciendo abierto de forma ininterrumpida hasta la finalización de la temporada, salvo para los turnos de Navidad, Fin de Año y Reyes, en que finalizará el día 27 de noviembre.
Cuarto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de septiembre de 2020.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
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