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NIG: 4109142120180060360.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1593/2018. Negociado: 4A.
De: Endesa Energía XXI.
Contra: Don Vicente Calderón Cruz.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Verbal 1593/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho de Sevilla a instancia de Endesa Energía XXI contra Vicente Calderón Cruz, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 1/2020
En Sevilla, a ocho de enero de dos mil veinte.
El Sr. don Fernando García Campuzano, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 1593/2018 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Endesa Energía XXI con Procurador don Francisco Javier Díaz Romero y Letrado; y de otra como demandado don Vicente Calderón Cruz, sobre Obligaciones: otras cuestiones, y,
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Francisco Javier Díaz Romero, en nombre y representación de Endesa Energía XXI, Sociedad Limitada, contra don Vicente Calderón Cruz, debo condenar y condeno a éste a pagar a la actora la cantidad de tres mil setecientos siete con setenta y cinco (3.707,75) euros, más intereses legales desde la fecha de la presentación de la demanda, con imposición a la parte demandada de las costas procesales. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4090/0000/02/159318 oficina 4325, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Vicente Calderón Cruz, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a catorce de julio del dos mil veinte.- La Letrada de la Administracion de Justicia.
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