Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00178014.
Mediante Resolución de 5 de agosto de 2020, de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, se convocaron subvenciones para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de la salud (BOJA núm. 159, de 18 de agosto de 2020), al amparo de la Orden de 3 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de la salud (BOJA núm. 131, de 9 de julio de 2020).
En el artículo 5.2 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019), cuyo texto articulado se integra en la citada Orden de 3 de julio de 2020, se determina que las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria. En aquellos casos en los que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del cuadro resumen, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que indique la convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa. Esta declaración se deberá formular por parte de quien efectuó la convocatoria y en los mismos medios de publicidad que esta.
Así pues, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 3 de julio de 2020, en base a la delegación de competencias efectuada en la disposición adicional primera, y en relación con el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019),
RESUELVO
Primero. Establecer la distribución de créditos de la convocatoria para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de la salud para el ejercicio 2020. La cuantía total máxima para el ámbito provincial quedará fijada en 660.000 euros y 440.000 euros para el ámbito autonómico, con la siguiente distribución territorial:
Línea 1: Subvenciones dirigidas a proyectos de atención integral a personas con patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las cuidan y a sus familias, con el propósito de mejorar el manejo de su enfermedad, aumentar la capacidad de afrontarla, promover el autocuidado y su autonomía, enlenteciendo la progresión hacia la discapacidad y la dependencia y favorecer la recuperación funcional y la integración social, sin olvidar el apoyo en el final de la vida, a la que se destinan 550.000 euros, correspondiendo 330.000 euros para el ámbito provincial y 220.000 euros para el autonómico, con la siguiente distribución territorial:
IMPORTE | |
ALMERÍA | 29.298,75 |
CÁDIZ | 42.805,25 |
CÓRDOBA | 31.686,67 |
GRANADA | 40.241,66 |
HUELVA | 19.975,34 |
JAÉN | 25.230,77 |
MÁLAGA | 63.821,84 |
SEVILLA | 76.939,72 |
AUTONÓMICAS | 220.000,00 |
TOTALES | 550.000,00 |
Línea 2. Subvenciones dirigidas a proyectos integrales para la promoción de la salud, detección precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud a personas especialmente vulnerables y en grupos con determinadas enfermedades transmisibles, a la que se destinan 550.000 euros, correspondiendo 330.000 euros para el ámbito provincial y 220.000 euros para el autonómico, con la siguiente distribución territorial:
IMPORTE | |
ALMERÍA | 30.000,00 |
CÁDIZ | 50.000,00 |
CÓRDOBA | 28.000,00 |
GRANADA | 33.000,00 |
HUELVA | 21.000,00 |
JAÉN | 20.000,00 |
MÁLAGA | 73.000,00 |
SEVILLA | 75.000,00 |
AUTONÓMICAS | 220.000,00 |
TOTALES | 550.000,00 |
Segundo. La presente resolución tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de septiembre de 2020.- El Director General, José Repiso Torres.
Descargar PDF