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La Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía tiene por objeto la regulación de las políticas públicas para la recuperación de la Memoria Democrática de Andalucía.
Corresponde a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico la propuesta y ejecución de la política del Gobierno andaluz en materia de memoria democrática, en virtud de lo establecido en el Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, atribuyendo a la Viceconsejería las funciones de planificación, dirección, coordinación, control técnico y propuesta de actuación en esta materia. Asimismo, el artículo 4.9 del citado Decreto establece que las competencias en materia de memoria democrática recogidas en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, se ejercerán a través del Comisionado para la Concordia, unidad adscrita a la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Histórico.
Según lo dispuesto en el artículo 43 de la La Ley 2/2017, de 28 de marzo, las actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de memoria democrática se articulan mediante el Plan Andaluz de Memoria Democrática y los planes anuales. El primero de ellos contiene los objetivos y prioridades que deben regir esta política durante su período de vigencia (4 años), estableciendo medidas específicas respecto de los trabajos de indagación, localización, exhumación e identificación de las víctimas. Asimismo, determina los recursos financieros indicativos para su ejecución. Por otra parte, los planes anuales desarrollarán los objetivos, prioridades y recursos para el ejercicio correspondiente.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de noviembre de 2018, se acordó la aprobación del I Plan Andaluz de Memoria Democrática 2018-2022, el cual persigue alcanzar como fin el desarrollo de la política pública de memoria democrática en Andalucía, fundamentada en los principios de verdad, justicia y reparación, así como de garantía de no repetición, y en los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e igualdad de hombres y mujeres. El Plan fue remitido al Parlamento para su examen el 22 de enero de 2019.
Por su parte, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2019, se aprobó la formulación del Plan Anual de Memoria Democrática para 2020. El Acuerdo determina que el contenido del Plan deberá definir las acciones que durante su período de vigencia se tendrán que llevar a cabo en materia de indagación, localización y exhumación de víctimas desaparecidas, definiendo asimismo el procedimiento para su elaboración y aprobación.
El Plan Anual de Memoria Democrática para 2020 tiene como fin asentar las políticas de memoria democrática y de concordia entre todos los andaluces sobre la base de los principios de verdad, justicia y reparación, y los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e igualdad de hombres y mujeres.
Como máxima expresión de las acciones encaminadas a la reparación de las víctimas, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, mediante el presente Plan se priorizan las actuaciones encaminadas a la exhumación de fosas y posterior identificación genética, en los casos que sea posible, de los restos recuperados.
En el marco del Plan Andaluz de Memoria Democrática 2018-2022, el Plan Anual para 2020 desarrolla actuaciones que se enmarcarán en los siguientes objetivos generales:
1. Cooperación y Coordinación de las Administraciones Públicas, Entidades Memorialistas y Ciudadanía. Incluye los siguientes objetivos operativos: Favorecer mecanismos de cooperación y coordinación, y el fortalecimiento del tejido asociativo e institucional.
2. Reconocimiento Institucional y Reparación de las Víctimas, que cuenta con los siguientes objetivos operativos: Desarrollo de medidas reparadoras para las víctimas, establecimiento de medidas de reconocimiento a las víctimas, e impulso del reconocimiento de Lugares de Memoria Democrática.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 43.5 de la Ley 2/2017, de 27 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico, previa deliberación en su reunión del día 29 de septiembre de 2020, adopta el siguiente
ACUERDA
Primero. Aprobación.
Se aprueba el Plan Anual de Memoria Democrática para 2020.
Segundo. Desarrollo y ejecución.
La Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a través del Comisionado para la Concordia, coordinará las actuaciones necesarias para el desarrollo y ejecución de las acciones contempladas en el Plan.
Tercero. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de septiembre de 2020
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico |