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Resolución de fecha 25 de septiembre de 2020, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos del sindicato denominado Asociación Profesional de Músicos de Jazz y Músicas Creativas de la Comunidad Andaluza con número de depósito 71000167 (antiguo número de depósito S/10/1999).
Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Javier Galiana de la Rosa mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2020/000207.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 24.8.2020 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 7.9.2020.
La Asamblea General Extraordinaria celebrada el 5 de junio de 2020 adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 5, 7 y 22 de los estatutos de esta asociación.
El certificado aparece suscrito por Javier Bermúdez Hernanz, Guillermo McGill Ferrari y Juanlu Valle Collantes como miembros provisionales de la Junta Directiva y con el visto bueno del presidente Javier Galiana de la Rosa.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2 de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:
Primero. Admitir el depósito de la modificación de los estatutos del sindicato denominado Asociación Profesional de Músicos de Jazz y Músicas Creativas de la Comunidad Andaluza con número de depósito 71000167 (antiguo número de depósito S/10/1999).
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier persona interesada podrá examinar los estatutos depositados en esta autoridad laboral.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa. Quienes acrediten un interés directo, personal y legítimo podrán solicitar la declaración judicial de no ser conformes a derecho la modificación de los estatutos objeto de depósito, impugnándolos ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 176 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Sevilla, 25 de septiembre de 2020.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.
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